Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Coria. (BOP-2022-5073)
BOP-2022-5073 Aprobación definitiva modificación Ordenanza reguladora de la Seguridad y la Convivencia Ciudadana.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
— Los perros deberán contar con su correspondiente número municipal de
identificación. Deberán estar inscritos en el Censo de Mascotas y animales de compañía
del Ayuntamiento. Para proceder a la inscripción las mascotas deberán con toda la
documentación legalmente establecida
— Los/as dueños/as de los animales deben recoger las heces que depositen los mismos
en las calles del municipio.
— Los gatos que no tengan dueño/a identificado/a no podrán ser alimentados en las
calles del casco urbano, excepto en el comedero-arenero que el Ayuntamiento ha
habilitado para esta función.
— Queda terminantemente prohibido alimentar cualquier clase de animal en las vías
públicas.
— Los/as propietarios/as de terrenos, urbanizaciones y solares sin edificar ubicados en
suelo urbano estarán obligados/as a efectuar las operaciones de limpieza y a realizar las
obras precisas para evitar todo aquel riesgo (acumulación de basuras, pastos,
escombros, maderas, plásticos, cartones o cualquier otro elemento que pueda perjudicar
a los/as vecinos/as) que pueda originar un incendio o facilitar su propagación. El
incumplimiento de esta obligación será considerado como falta grave.
— Los/as propietarios/as de terrenos rústicos, situados en un cinturón de 300 metros
alrededor del suelo urbano que se encuentre en desarrollo, mantendrán los mismos
libres de malezas, etc a fin de evitar el inicio o propagación de incendios. El
incumplimiento de esta obligación será considerado como falta grave
— Cumplir con las obligaciones que derivan de la legislación vigente.
ARTÍCULO 6. Extranjeros/as.
Los/as extranjeros/as domiciliados/as mayores de edad tienen los derechos y deberes propios
de los/as vecinos/as, excepto aquellos de carácter político. No obstante, tendrán derecho de
sufragio activo o pasivo en los términos que prevea la legislación electoral vigente.
CVE:
BOP-2022-5073
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de noviembre de 2022
N.º 0210
Pág. 21853
identificación. Deberán estar inscritos en el Censo de Mascotas y animales de compañía
del Ayuntamiento. Para proceder a la inscripción las mascotas deberán con toda la
documentación legalmente establecida
— Los/as dueños/as de los animales deben recoger las heces que depositen los mismos
en las calles del municipio.
— Los gatos que no tengan dueño/a identificado/a no podrán ser alimentados en las
calles del casco urbano, excepto en el comedero-arenero que el Ayuntamiento ha
habilitado para esta función.
— Queda terminantemente prohibido alimentar cualquier clase de animal en las vías
públicas.
— Los/as propietarios/as de terrenos, urbanizaciones y solares sin edificar ubicados en
suelo urbano estarán obligados/as a efectuar las operaciones de limpieza y a realizar las
obras precisas para evitar todo aquel riesgo (acumulación de basuras, pastos,
escombros, maderas, plásticos, cartones o cualquier otro elemento que pueda perjudicar
a los/as vecinos/as) que pueda originar un incendio o facilitar su propagación. El
incumplimiento de esta obligación será considerado como falta grave.
— Los/as propietarios/as de terrenos rústicos, situados en un cinturón de 300 metros
alrededor del suelo urbano que se encuentre en desarrollo, mantendrán los mismos
libres de malezas, etc a fin de evitar el inicio o propagación de incendios. El
incumplimiento de esta obligación será considerado como falta grave
— Cumplir con las obligaciones que derivan de la legislación vigente.
ARTÍCULO 6. Extranjeros/as.
Los/as extranjeros/as domiciliados/as mayores de edad tienen los derechos y deberes propios
de los/as vecinos/as, excepto aquellos de carácter político. No obstante, tendrán derecho de
sufragio activo o pasivo en los términos que prevea la legislación electoral vigente.
CVE:
BOP-2022-5073
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de noviembre de 2022
N.º 0210
Pág. 21853