Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-5020)
BOP-2022-5020 Bases que han de regir la concesión de subvenciones a Organizaciones no Gubernamentales (ONG´S), para proyectos de cooperación al desarrollo para el año 2023.
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‐ Las adquisiciones en otros países (distintos al de ejecución del proyecto) se
justificarán mediante los documentos justificativos del gasto que cumplan la legislación vigente del
país de referencia, debiéndose acreditar dicha circunstancia por la entidad beneficiaria. No se
admitirán recibos como documentos justificativos de gastos efectuados en España.
‐ Para las adquisiciones en el país de ejecución del proyecto, el gasto se justificará,
como norma general, con facturas en las que deberán constar, al menos, los siguientes datos:
● Datos de la entidad compradora (entidad beneficiaria o contraparte local)
● Datos de la entidad suministradora
● La fecha en que se realiza el gasto
● El suministro
● La cuantía del gasto
● Impuestos repercutibles y retenciones practicadas
● En la factura constará el “recibí” con firma y sello de la persona receptora, o
equivalente acreditativo de que se ha efectuado el abono del importe
4.- En relación a la justificación de los pagos de los gastos realizados, se establece el
siguiente régimen de justificación:
- Si la forma de pago es una transferencia bancaria, ésta se justificará mediante copia del
resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número de
factura o, en defecto de ésta, el concepto abonado y el cargo en la cuenta bancaria de gestión
exclusiva de la subvención.
- Si la forma de pago es el cheque, el documento justificativo consistirá en:
a) Un Recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la factura
o documentación justificativa del gasto a que corresponde el pago y su fecha, el número y la fecha
del cheque y debajo de la firma debe aparecer el nombre y número del NIF de la persona que firma.
b) Copia de extracto bancario del cargo en la cuenta bancaria de gestión exclusiva de la
subvención correspondiente a la operación justificada.
- Si la forma de pago es en metálico, el documento justificativo consistirá en un recibí, firmado
y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la factura o documento justificativo del gasto
a que corresponde el pago y su fecha, debajo de la firma debe aparecer el nombre y número del NIF
de la persona que firma. Solo se admitirá el pago en metálico en facturas o documentos justificativos
del gasto de cuantía inferior a 250,00 euros, con un máximo de 1.000,00 euros por expediente.
b) Gastos de personal.
b.1) Gastos del personal expatriado. Es aquel personal, contratado por la entidad beneficiaria,
y sometido a la legislación española.
Para su justificación deberá aportarse la siguiente documentación:
• Contrato laboral.
• Nómina firmada y justificante de pago de la misma.
• Seguros Sociales TC1 y TC2 (justificante de su ingreso)
• Certificación del importe a imputar al proyecto, cuando el trabajador no dedique toda su
jornada laboral al mismo, por parte del responsable de la entidad beneficiaria.
• Presentación modelo ingresos retenciones impuestas sobre la renta y justificantes de su
ingreso
b.2) Contrato de arrendamiento de servicios.
CVE:
BOP-2022-5020
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de octubre de 2022
N.º 0208
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