Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2022-4910)
BOP-2022-4910 EXTRACTO. Concocatoria para la concesión de Subvenciones en materia de Asociaciones Municipales , año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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declaración responsable, debidamente suscrita.
f) Certificado expedido por el secretario de la entidad, agrupación o asociación, acreditativo del
acuerdo del órgano de gobierno, por el cual se decide la formulación de la solicitud; así como
de la representación que ostenta la persona que firma la instancia y toda la documentación a
que se hace referencia en este artículo.
g) Certificado expedido por el secretario de la entidad, agrupación o asociación, acreditativo de
estar al corriente de pago de sus obligaciones con las Administraciones Públicas: Estado,
CCAA y Ayuntamiento, o exenta del pago de sus obligaciones tributarias, conforme al art. 170.2
de la LRHL.
h) Certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento de Santibáñez el Alto donde se
acredite previamente estar al corriente de pagos con la Corporación, y en el que se acredite
que no existe deuda pendiente de pago por el titular de la subvención.
Sexto. Otros datos.
El plazo de resolución y notificación será de tres meses
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados
para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la
subvención.
La justificación de la subvención deberá realizarse hasta el 31 de marzo de 2023 mediante la
presentación de la siguiente documentación:
a) Instancia dirigida al Presidente de la Corporación, solicitando el abono de la subvención, y
señalando en la misma el n.º de cuenta corriente al que haya de efectuarse la transferencia del
importe que proceda. A dicha instancia se acompañará necesariamente:
a.1) Memoria demostrativa del desarrollo y ejecución de la Memoria demostrativa del desarrollo
y ejecución de la iniciativa, actividad o programa realizados, para los cuales se haya obtenido
subvención.
a.2) Memoria justificativa de los gastos o relación de los pagos efectuados.
a.3) Certificado expedido por el secretario de la asociación o entidad beneficiaria, acreditativo
de que las facturas que se presentan como justificantes han sido aprobadas por el órgano
competente de dicha asociación o entidad. En el caso de beneficiarios personas físicas, habrá
de presentarse en su lugar, declaración responsable de que las facturas que se presentan
CVE:
BOP-2022-4910
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de octubre de 2022
N.º 0203
Pág. 20909
f) Certificado expedido por el secretario de la entidad, agrupación o asociación, acreditativo del
acuerdo del órgano de gobierno, por el cual se decide la formulación de la solicitud; así como
de la representación que ostenta la persona que firma la instancia y toda la documentación a
que se hace referencia en este artículo.
g) Certificado expedido por el secretario de la entidad, agrupación o asociación, acreditativo de
estar al corriente de pago de sus obligaciones con las Administraciones Públicas: Estado,
CCAA y Ayuntamiento, o exenta del pago de sus obligaciones tributarias, conforme al art. 170.2
de la LRHL.
h) Certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento de Santibáñez el Alto donde se
acredite previamente estar al corriente de pagos con la Corporación, y en el que se acredite
que no existe deuda pendiente de pago por el titular de la subvención.
Sexto. Otros datos.
El plazo de resolución y notificación será de tres meses
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados
para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la
subvención.
La justificación de la subvención deberá realizarse hasta el 31 de marzo de 2023 mediante la
presentación de la siguiente documentación:
a) Instancia dirigida al Presidente de la Corporación, solicitando el abono de la subvención, y
señalando en la misma el n.º de cuenta corriente al que haya de efectuarse la transferencia del
importe que proceda. A dicha instancia se acompañará necesariamente:
a.1) Memoria demostrativa del desarrollo y ejecución de la Memoria demostrativa del desarrollo
y ejecución de la iniciativa, actividad o programa realizados, para los cuales se haya obtenido
subvención.
a.2) Memoria justificativa de los gastos o relación de los pagos efectuados.
a.3) Certificado expedido por el secretario de la asociación o entidad beneficiaria, acreditativo
de que las facturas que se presentan como justificantes han sido aprobadas por el órgano
competente de dicha asociación o entidad. En el caso de beneficiarios personas físicas, habrá
de presentarse en su lugar, declaración responsable de que las facturas que se presentan
CVE:
BOP-2022-4910
Verificable
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Lunes, 24 de octubre de 2022
N.º 0203
Pág. 20909