Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2022-4910)
BOP-2022-4910 EXTRACTO. Concocatoria para la concesión de Subvenciones en materia de Asociaciones Municipales , año 2022.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en las bases
específicas para la concesión de subvenciones en materia de asociaciones aprobada en fecha
11 de octubre de 2022, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 199, de fecha 18 de
octubre de 2022.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 330 480.00,
y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 1.500 euros para la anualidad
2022.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formularán en el modelo que está a disposición de los interesados en la
administración municipal. Se dirigirán al Alcalde/sa del Ayuntamiento, y se presentarán en el
Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, el plazo de treinta días naturales desde la publicación del presente
extracto en el BOP.
Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
a) Fotocopia compulsada de D.N.I. y N.I.F. del solicitante, y en el caso de personas jurídicas,
asociaciones o empresas, documentación acreditativa de la representación que ostenta.
b) Instancia firmada por el peticionario particular, (o por el Presidente de la entidad o persona
que tenga conferida la delegación, debidamente acreditada), en la que se harán constar las
iniciativas, actividades y/o programas para los que se solicita la ayuda o subvención.
c) Memoria de las iniciativas, actividades y/o programas que se pretenden realizar con
subvención, con especificación de lugar/es y fecha/s de desarrollo.
d) Estudio detallado y presupuestado total y desglosado de las iniciativas, actividades y/o
programas que se pretenden realizar y para los cuales se solicita la subvención.
e) Puntualmente, y para el caso de iniciativas subvencionables concretas (tales como
realización de cursos de acreditación, de formación) bastará con los requisitos señalados en
los apartados a), b) y e) , además de presentar en todo caso, acreditación suficiente de la
realización de la iniciativa subvencionable, y de los requisitos que siguen, en la forma de
CVE:
BOP-2022-4910
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de octubre de 2022
N.º 0203
Pág. 20908
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en las bases
específicas para la concesión de subvenciones en materia de asociaciones aprobada en fecha
11 de octubre de 2022, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 199, de fecha 18 de
octubre de 2022.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 330 480.00,
y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 1.500 euros para la anualidad
2022.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formularán en el modelo que está a disposición de los interesados en la
administración municipal. Se dirigirán al Alcalde/sa del Ayuntamiento, y se presentarán en el
Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, el plazo de treinta días naturales desde la publicación del presente
extracto en el BOP.
Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
a) Fotocopia compulsada de D.N.I. y N.I.F. del solicitante, y en el caso de personas jurídicas,
asociaciones o empresas, documentación acreditativa de la representación que ostenta.
b) Instancia firmada por el peticionario particular, (o por el Presidente de la entidad o persona
que tenga conferida la delegación, debidamente acreditada), en la que se harán constar las
iniciativas, actividades y/o programas para los que se solicita la ayuda o subvención.
c) Memoria de las iniciativas, actividades y/o programas que se pretenden realizar con
subvención, con especificación de lugar/es y fecha/s de desarrollo.
d) Estudio detallado y presupuestado total y desglosado de las iniciativas, actividades y/o
programas que se pretenden realizar y para los cuales se solicita la subvención.
e) Puntualmente, y para el caso de iniciativas subvencionables concretas (tales como
realización de cursos de acreditación, de formación) bastará con los requisitos señalados en
los apartados a), b) y e) , además de presentar en todo caso, acreditación suficiente de la
realización de la iniciativa subvencionable, y de los requisitos que siguen, en la forma de
CVE:
BOP-2022-4910
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de octubre de 2022
N.º 0203
Pág. 20908