Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4806)
BOP-2022-4806 Convocatoria de bolsa de empleo temporal de Técnicos/as de gestión presupuestaria y control de fondos Europeos.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
NOVENA. - Proceso selectivo.
9.1. El proceso selectivo tendrá una duración máxima de seis meses, y el primer ejercicio se
celebrará en un plazo máximo de dos meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en
el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
9.2. Una vez comenzado el ejercicio, los sucesivos anuncios de las calificaciones obtenidas por los
aspirantes que hubieran superado el ejercicio ya realizado, se harán públicas en el Tablón de Anuncios
Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial, disponiendo los interesados de
un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación
provisional, para hacer reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público la relación de aspirantes que
hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Los
aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
La puntuación provisional de la Fase de Concurso se hará pública por el Tribunal Calificador en la
página web de Empleo Público, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la puntuación provisional, para hacer alegaciones a esta fase de concurso. Resueltas las
alegaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el tribunal hará
públicas en la página web de Empleo Público las puntuaciones definitivas de la fase de concurso.
9.3. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal publicará en el plazo máximo de un mes la relación
de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional de
identidad, en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres Dicho
plazo podrá ser prorrogado por causas justificadas y previa resolución motivada. Simultáneamente a su
publicación en dicho Tablón, el Tribunal elevará la relación expresada al titular del órgano competente y
se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
9.4. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos
del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración,
estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
9.5. En el plazo máximo de un mes desde que finalice el procedimiento selectivo, se dictará Resolución
Presidencial por la que se apruebe la Bolsa de trabajo publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia,
junto con la relación de aspirantes que deben integrar esta Bolsa de Trabajo, ordenados por puntuación,
de acuerdo con lo previsto en el Reglamento que regula la gestión de Bolsas de Trabajo en la Diputación
provincial de Cáceres.
9.6. Los participantes que se integren en las Bolsas de Trabajo temporal podrán ser llamados para
ocupar las vacantes o sustituciones correspondientes en régimen de contratación laboral temporal o de
nombramiento como funcionario interino, según el orden de puntuación obtenido.
9.7. La Bolsa de Trabajo que se constituya anulará las anteriores de esta categoría profesional, salvo
que existiera una derivada de un procedimiento de Concurso Oposición.
DÉCIMA. - Presentación de documentación.
10.1. Antes del nombramiento interino o laboral temporal a que diera lugar la gestión de esta Bolsa de
Trabajo, los candidatos propuestos aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión
Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el
CVE:
BOP-2022-4806
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de octubre de 2022
N.º 0199
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