Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejón El Rubio. (BOP-2022-4761)
BOP-2022-4761 Aprobación inicial de la Ordenanza Municipal reguladora del servicio de taxi.
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1. Las licencias municipales de auto taxi de otorgarán por tiempo indefinido.
2. La licencia de auto taxi se extinguirá:
● Por renuncia voluntaria del/a titular de la licencia.
● Por imposición de sanción que lleve aparejada la pérdida de su titularidad.
3. Serán causas de revocación y retirada de licencia las siguientes:
● Usar el vehículo de una clase determinada a otra diferente a aquella para la
que está autorizado.
● Dejar de prestar el servicio al público durante treinta días consecutivos o
sesenta alternos durante el período de un año, salvo que se acrediten
razones justificadas y prescrito ante el Ayuntamiento.
● No estar en posesión de la póliza de seguro en vigor.
● Arrendar, alquilar o apoderarse de una licencia que suponga una explotación
no autorizada por esta Ordenanza.
● Realizar una transferencia de licencia no autorizada.
● Incumplir las obligaciones inherentes a la licencia y demás obligaciones que
hagan referencia al vehículo.
● Contratar personal asalariado sin el permiso de conducir o sin el alta y
cotización en la Seguridad Social.
TÍTULO III. CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
ARTÍCULO 12. Explotación de la Licencia.
Los/as titulares de una licencia de auto taxi deberán explotarla personalmente o
conjuntamente mediante la contratación de conductores/as asalariados/as, que
estén en posesión del permiso municipal de conducir expedido por este
Ayuntamiento y afiliados/as a la Seguridad Social.
Cuando no pueda cumplirse esta obligación, procederá la transmisibilidad de la
licencia según lo previsto en esta Ordenanza.
CVE:
BOP-2022-4761
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de octubre de 2022
N.º 0196
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