Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2022-4757)
BOP-2022-4757 Bases específicas de convocatoria proceso selectivo de tres plazas de Auxiliar Administrativo/a Estabilización.
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AYUNTAMIENTO DE NAVACONCEJO
-CÁCERES-
30 de octubre.
6.3 Los representantes sindicales del Ayuntamiento podrán asistir a las pruebas selectivas
como observadores, no superando un representante por Sindicato con representación.
SÉPTIMA. - Admisión de aspirantes y orden de actuación.
7.1 Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos: Expirado el plazo de
presentación de solicitudes, la Alcaldesa-Presidenta dictará resolución en el plazo máximo de
un mes declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de
las causas de la exclusión, y se hará pública en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica
del Ayuntamiento y página web municipal
7.2 Reclamación y relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos: Los aspirantes
excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional de admitidos
ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del
siguiente a la publicación de esta resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y
página web municipal, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no
inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su
derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección. En caso de no
existir reclamación, se elevará la relación provisional automáticamente a definitiva.
7.3 Inicio del proceso selectivo: El orden de actuación de los aspirantes, que será aquel que se
produzca como resultado del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la
Administración Pública para el año correspondiente.
OCTAVA. - Procedimiento de selección y desarrollo de las pruebas selectivas.
8.1El sistema de selección será el de concurso de méritos ya que se trata plazas que, reuniendo los
requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de
forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 (Disposición adicional sexta). Se
valorará hasta un máximo de 100 puntos, donde se tendrán en cuenta méritos profesionales y
académicos, no pudiendo los profesionales suponer más de un 60% del total y los académicos
menos de un 40%.
8.2 Desarrollo de la fase de concurso en el procedimiento extraordinario de ESTABILIZACIÓN (3
plazas):
A) VALORACIÓN MÉRITOS
1ª Parte: Valoración experiencia: 60 puntos máximo.
a) Servicios prestados en la plaza de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de
Navaconcejo objeto de consolidación en la presente convocatoria, como personal laboral, a razón
CVE:
BOP-2022-4757
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de octubre de 2022
N.º 0196
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