Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-4748)
BOP-2022-4748 Bases de la 6ª Convocatoria para la constitución de lista de espera de Personal Docente de Formación para el Empleo (2 especialidades).
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Ayuntamiento de Cáceres
Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el
CSV: 14160025715567555721 en http://sede.caceres.es
Ordenanza Fiscal que ascienden a 3 euros, para aquellos/as aspirantes que estén empadronados/as en el
municipio de Cáceres. Para el resto de los/las aspirantes, la cantidad a ingresar por derechos de examen, será
de 29 euros. El ingreso se realizará a través de la siguiente cuenta bancaria de la cual es titular el Ayuntamiento
de Cáceres: Entidad: ABANCA. Cuenta nº: ES87 0130 8875 73 0122018178 especificándose Derechos de
Examen, Nombre, Apellidos, DNI y la convocatoria y/o plaza por la que se opta.
Deberá acompañarse a la instancia de solicitud de participación en el proceso selectivo una copia del
documento justificativo del abono de los derechos de examen. En ningún caso, la mera presentación de la
acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación.
Será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen, y éstos sólo
serán devueltos en el caso de no ser admitidos/as al concurso-oposición previa solicitud por el/la interesado/a
y previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terceros”.
Beneficios fiscales:
Las personas aspirantes podrán acogerse a las exenciones y bonificaciones fiscales, que seguidamente
serán señalados, debiendo en estos casos acompañar a su solicitud, además del documento de cumplir con los
requisitos de acceso, los documentos de los méritos y el documento justificativo del pago de los derechos de
examen, la documentación acreditativa de la situación que le permite acogerse a la exención de los mismos,
siendo causa de exclusión del proceso selectivo, el no abonar los derechos de examen o hacerlo en cuantía
reducida sin aportar la documentación exigida.
Exenciones fiscales.
Estarán exentos/as de abonar derechos de examen:
•Las personas que tengan reconocida por la Administración Pública competente un grado de
discapacidad igual o superior al 33 por 100 (La discapacidad se acredita con certificación expedida por el
IMSERSO u órgano competente de las Comunidades Autónomas).
•Los/as aspirantes que pertenezcan a una unidad familiar cuyos ingresos totales sean iguales o
inferiores a 1,2304 veces la cuantía del Indicador Público de Renta con Efectos Múltiples –IPREM- referido a 14
mensualidades. (Para acogerse a esta exención la persona solicitante deberá acompañar una DECLARACIÓN
RESPONSABLE, utilizando el modelo que se encuentra en la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres,
https://sede.caceres.es en el apartado “tramitación”, y para su cumplimentación deberá tener en cuenta los
siguientes aspectos:
La cuantía del IPREM correspondiente a 2022 en 14 mensualidades es 8.106,28 euros.
Para el cálculo de la cuantía familiar se tendrá en cuenta la suma de las rentas percibidas por cada uno
de los miembros de la unidad familiar, referidas al año natural anterior al del último día fijado para la
presentación de solicitudes. Si se hubieran percibido indemnizaciones, becas, premios o cuantías que
procediera prorratear, se tendrá en cuenta la parte correspondiente al año objeto de valoración.
Concepto de Unidad Familiar.
A los efectos del cálculo de ingresos para esta exención, se entiende por unidad familiar la formada
por la persona solicitante y, en su caso, su cónyuge o pareja de hecho, así como los/as descendientes de uno/a
u otro/a, incluyéndose los casos de adopción, tutela o acogimiento familiar constituido por resolución judicial o
administrativa, siempre que convivan con la persona solicitante y sean menores de 18 años.
La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente
el último día del año natural anterior al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El Ayuntamiento de Cáceres, podrá a efectos de comprobación, recabar todos o alguno de los datos
obrantes en otras Administraciones Públicas para calcular el nivel de renta de todos/as los/as integrantes de la
unidad familiar, previa autorización firmada por cada uno/a de ellos/as en el modelo de “declaración de
ingresos familiares a efectos de acceder a la exención de tasas correspondiente a los derechos de examen para
la participación en pruebas selectivas”.
En el caso de que el/la solicitante o alguno/a de los miembros de la unidad familiar no autoricen al
Ayuntamiento a recabar todos o alguno de los datos obrantes en otras Administraciones para calcular el nivel
de renta, se deberán aportar todos los documentos que acrediten el nivel de renta (Nóminas, declaración o
certificación de IRPF del ejercicio correspondiente, certificado de pensiones, informes de prestaciones por
desempleo, etc). En caso de que alguno de los miembros no autorice la consulta o no aporte los documentos
acreditativos será excluido del proceso.
CVE:
BOP-2022-4748
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de octubre de 2022
N.º 0196
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