Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torreorgaz. (BOP-2022-4580)
BOP-2022-4580 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la ocupación de la Vía Pública con mesas, sillas y otros elementos móviles.
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a) La instalación de mesas, sillas, sombrillas y toldos en las zonas de dominio público
sin la autorización requerida, cuando pueda ser objeto de legalización posterior.
b) El incumplimiento de alguna de las prescripciones impuestas en la autorización
otorgada.
c) La no retirada de la terraza dentro del horario autorizado.
d) El uso de la vía pública como almacén o depósito del mobiliario.
e) Las acciones u omisiones con inobservancia o vulneración de las prescripciones
establecidas en esta ordenanza y no tipificadas en la misma como infracciones graves o
muy graves.
2. Se tipifican como infracciones graves las siguientes:
a) La puesta en funcionamiento de aparatos no autorizados en esta Ordenanza.
b) No prestar la colaboración necesaria para facilitar a vehículos autorizados o de
servicios de urgencia la circulación por la vía en que se realiza la ocupación.
c) La instalación de mesas, sillas, sombrillas y toldos en las zonas de dominio público sin
la autorización requerida, cuando no pueda ser objeto de autorización.
d) La reiteración o reincidencia la comisión de una misma infracción leve más de dos
veces dentro de un periodo de 4 meses.
3. Se tipifican como infracciones muy graves las siguientes:
a) Las instalaciones de mesas, sillas, sombrillas y toldos en las zonas de dominio
público no autorizable que origine situaciones de riesgo grave para la seguridad vial.
b) Las calificadas como graves cuando exista reincidencia.
ARTÍCULO 13. Sanciones.
1. Las faltas leves se sancionarán con multa de hasta 750,00 € o apercibimiento.
2. Las faltas graves se sancionarán con:
- Multa de 750,01 euros a 1.500,00 euros.
CVE:
BOP-2022-4580
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de octubre de 2022
N.º 0191
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