Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-4508)
BOP-2022-4508 Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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Ordenar las historias clínicas, a los datos relacionados con la propia función que deba
figurar.
Atender al/a residente/usuario/a encamado/a por enfermedad, efectuando los cambios
posturales prescritos, controlando el servicio de comidas a los/as enfermos/as y
suministrando directamente aquellos/as pacientes que dicha alimentación requiera
instrumentalización (sonda nasogástrica, sonda gástrica, etc.).
Controlar la higiene personal de los/as residentes/usuarios/as y también los
medicamentos y los alimentos que éstos tengan en sus habitaciones.
Colaborar con los/as fisioterapeutas en las actividades, el nivel de calificación de las
cuales sean compatibles con titulación ATS/DUE cuando sus funciones específicas lo
permitan.
Realizar los pedidos de farmacia, analítica y radiología.
Vigilar y tener cuidado de la ejecución de las actividades de tipo físico recibida por el
médico, observando las incidencias a que puedan presentarse durante la realización.
En general todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean
pedidas y que tengan relación con lo anterior.
B. 5. FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL/A AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.
Artículo 43. Realizar la recogida y libramiento de correspondencia, orientación al público,
atención de centralitas telefónicas, vigilancia de los puntos de acceso y tareas de portería, y,
además:
Cumplimentar los partes de entrada y salida de los/as residentes cuando estas se
produzcan por permisos o vacaciones.
Ayuda a aquellos/as residentes que lo necesiten en el traslado a sus habitaciones.
Control de entradas y salidas de personal.
Mantener el régimen establecido por la dirección para el acceso de residentes y
visitantes a las diferentes dependencias de la institución.
Hacerse cargo de los partes de averías y dar traslado a la dirección.
Realizar todas administrativas (informáticas, archivo, así como el resto de tareas
administrativas que estime conveniente la dirección).
B. 6. FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL/A FISIOTERAPEUTA.
Artículo 44. Realizar los tratamientos y técnicos de rehabilitación que se prescriban, y, además:
Participar, cuando se le pida en el equipo multiprofesional del centro para la realización
de pruebas o valoraciones relacionadas con su especialidad profesional.
CVE:
BOP-2022-4508
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de septiembre de 2022
N.º 0188
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