Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-4508)
BOP-2022-4508 Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
37 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Hacer el seguimiento y evaluación de la aplicación de tratamiento que realice.
Conocer, evaluar e informar y cambiar, en su caso, la aplicación del tratamiento de su
especialidad, cuando se den, mediante la utilización de recursos ajenos.
Conocer los recursos propios de su especialidad en el ámbito territorial.
Participar en juntas y sesiones de trabajos que se convoquen en el Centro.
Colaborar en las materias de su competencia en los programas que se realicen de
formación e información a las familias de los/as afectados/as e instituciones.
Asesorar a las profesiones que lo necesiten sobre pautas de movilizaciones y los
tratamientos en los que tengan incidencia las técnicas fisioterapeutas.
Asistir a las sesiones que se hagan en los Centros para la revisión, el seguimiento y la
evaluación de los tratamientos.
En general en todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean
pedidas y que tengan relación con lo anterior.
B. 7. FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL PERSONAL DE LIMPIEZA.
Artículo 45. Bajo la tutela del/a Director del Centro, este personal se ocupará de desarrollar
todas las tareas de limpieza de todas las dependencias del edificio, así como de las zonas
exteriores y sus accesos.
También auxiliará, según las necesidades, en las tareas que desempeñan los/as
Gerocultores/as / Auxiliares de Clínica, en cuanto a limpieza de mobiliario, habitaciones, aseos,
lavandería, planchado, así como, cualesquiera otras actividades relacionadas con sus
cometidos, que la Dirección del Centro les encomiende.
VI. SISTEMA DE COBRO DEL PRECIO DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO RESIDENCIAL
MIXTO DE MAYORES Y DEL CENTRO DE DÍA.
Artículo 46. El régimen de precios se modificará por las tarifas establecidas en la Ordenanza
Fiscal correspondiente, dado que el servicio no tiene carácter gratuito, sin perjuicio de que las
personas que carezcan de recursos suficientes para abonar la tasa, tengan derecho en la
forma y condiciones que reglamentariamente se determinen, a la exención total o parcial del
coste de la plaza, siempre y cuando estén vinculadas a posibles plazas futuras concertadas o
conveniadas con la Junta de Extremadura.
En cualquier caso, para optar a una plaza en este Centro Residencial Mixto de Mayores,
deberán acreditar en cantidad suficiente, recursos económicos o bienes inmuebles para
afrontar cualquiera de los imprevistos mencionados en la Ordenanza Reguladora de la Tasa.
CVE:
BOP-2022-4508
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de septiembre de 2022
N.º 0188
Pág. 19409
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Hacer el seguimiento y evaluación de la aplicación de tratamiento que realice.
Conocer, evaluar e informar y cambiar, en su caso, la aplicación del tratamiento de su
especialidad, cuando se den, mediante la utilización de recursos ajenos.
Conocer los recursos propios de su especialidad en el ámbito territorial.
Participar en juntas y sesiones de trabajos que se convoquen en el Centro.
Colaborar en las materias de su competencia en los programas que se realicen de
formación e información a las familias de los/as afectados/as e instituciones.
Asesorar a las profesiones que lo necesiten sobre pautas de movilizaciones y los
tratamientos en los que tengan incidencia las técnicas fisioterapeutas.
Asistir a las sesiones que se hagan en los Centros para la revisión, el seguimiento y la
evaluación de los tratamientos.
En general en todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean
pedidas y que tengan relación con lo anterior.
B. 7. FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL PERSONAL DE LIMPIEZA.
Artículo 45. Bajo la tutela del/a Director del Centro, este personal se ocupará de desarrollar
todas las tareas de limpieza de todas las dependencias del edificio, así como de las zonas
exteriores y sus accesos.
También auxiliará, según las necesidades, en las tareas que desempeñan los/as
Gerocultores/as / Auxiliares de Clínica, en cuanto a limpieza de mobiliario, habitaciones, aseos,
lavandería, planchado, así como, cualesquiera otras actividades relacionadas con sus
cometidos, que la Dirección del Centro les encomiende.
VI. SISTEMA DE COBRO DEL PRECIO DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO RESIDENCIAL
MIXTO DE MAYORES Y DEL CENTRO DE DÍA.
Artículo 46. El régimen de precios se modificará por las tarifas establecidas en la Ordenanza
Fiscal correspondiente, dado que el servicio no tiene carácter gratuito, sin perjuicio de que las
personas que carezcan de recursos suficientes para abonar la tasa, tengan derecho en la
forma y condiciones que reglamentariamente se determinen, a la exención total o parcial del
coste de la plaza, siempre y cuando estén vinculadas a posibles plazas futuras concertadas o
conveniadas con la Junta de Extremadura.
En cualquier caso, para optar a una plaza en este Centro Residencial Mixto de Mayores,
deberán acreditar en cantidad suficiente, recursos económicos o bienes inmuebles para
afrontar cualquiera de los imprevistos mencionados en la Ordenanza Reguladora de la Tasa.
CVE:
BOP-2022-4508
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de septiembre de 2022
N.º 0188
Pág. 19409