Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-4463)
BOP-2022-4463 Bases de la Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos desarrollados por Entidades Juveniles, ejercicio 2022.
30 páginas totales
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Instituto Municipal de Juventud
Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el
CSV: 14160026334264601102 en http://sede.caceres.es
4) Comunicar al órgano concedente, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos que financien el proyecto subvencionado, comunicación que deberá
efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la
justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, ello sin perjuicio de la
necesaria especificación en la justificación que se aporte.
5) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social en los términos previstos reglamentariamente. Disponer, en su caso,
de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente
auditados en los términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario en cada
caso, así corno cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos con la
finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y
control.
6) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de
comprobación y control.
7) Los beneficiarios deberán dar publicidad e informar de que la actividad o actividades
del proyecto están subvencionadas por el Instituto Municipal de Juventud del
Ayuntamiento de Cáceres, e incluir el logotipo del IMJ y del Ayuntamiento en todas sus
actuaciones.
8) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos y conforme al
procedimiento contemplado en los artículos 37 a 40 de la Ordenanza Municipal de
Subvenciones.
9) La entidad solicitante deberá tener en su poder certificación negativa del Registro
Central de delincuentes sexuales del personal que va a ejecutar los proyectos total o
parcialmente.
10) Ejecutar el proyecto subvencionado antes del 30 de noviembre de 2022.
BASE SEXTA.- CONTENIDO Y FINALIDAD DEL PROYECTO SUBVENCIONADO.
1) Podrán ser objeto de subvención los proyectos a realizar durante el año 2022, y referidos
a las siguientes áreas:
a) Animación sociocultural.
b) Ocio y tiempo libre.
c) Concursos y exposiciones.
d) Fortalecimiento en la gestión de asociaciones juveniles (a través de programas de
formación, campañas de captación de jóvenes, etcétera).
e) Medio ambiente.
CVE:
BOP-2022-4463
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de septiembre de 2022
N.º 0186
Pág. 19228
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4) Comunicar al órgano concedente, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos que financien el proyecto subvencionado, comunicación que deberá
efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la
justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, ello sin perjuicio de la
necesaria especificación en la justificación que se aporte.
5) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social en los términos previstos reglamentariamente. Disponer, en su caso,
de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente
auditados en los términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario en cada
caso, así corno cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos con la
finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y
control.
6) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de
comprobación y control.
7) Los beneficiarios deberán dar publicidad e informar de que la actividad o actividades
del proyecto están subvencionadas por el Instituto Municipal de Juventud del
Ayuntamiento de Cáceres, e incluir el logotipo del IMJ y del Ayuntamiento en todas sus
actuaciones.
8) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos y conforme al
procedimiento contemplado en los artículos 37 a 40 de la Ordenanza Municipal de
Subvenciones.
9) La entidad solicitante deberá tener en su poder certificación negativa del Registro
Central de delincuentes sexuales del personal que va a ejecutar los proyectos total o
parcialmente.
10) Ejecutar el proyecto subvencionado antes del 30 de noviembre de 2022.
BASE SEXTA.- CONTENIDO Y FINALIDAD DEL PROYECTO SUBVENCIONADO.
1) Podrán ser objeto de subvención los proyectos a realizar durante el año 2022, y referidos
a las siguientes áreas:
a) Animación sociocultural.
b) Ocio y tiempo libre.
c) Concursos y exposiciones.
d) Fortalecimiento en la gestión de asociaciones juveniles (a través de programas de
formación, campañas de captación de jóvenes, etcétera).
e) Medio ambiente.
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Miércoles, 28 de septiembre de 2022
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