Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-4463)
BOP-2022-4463 Bases de la Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos desarrollados por Entidades Juveniles, ejercicio 2022.
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Instituto Municipal de Juventud
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A efectos de esta convocatoria, se estará al informe que emita la Concejalía de Participación
Ciudadana en virtud de los datos y documentos que operan en el Registro Municipal de
Entidades del Ayuntamiento de Cáceres en este sentido.
BASE CUARTA.- REQUISITOS.-
a. Deberán acreditar su domiciliación en el término municipal de Cáceres y estar
legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Entidades del
Ayuntamiento de Cáceres, a fecha de publicación de la convocatoria. Este último
requisito se comprobará de oficio.
b. No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades:
i. En quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el
artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de
noviembre.
ii. Que tengan deudas o sanciones de naturaleza tributaria con el Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres o alguno de sus Organismos Autónomos.
iii. Que estén incursas en las causas de prohibición previstas en los
apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de
marzo, Reguladora del Derecho de Asociación.
iv. Las que han sido beneficiarias de otra subvención, en régimen de
concurrencia competitiva o directa, del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres o de sus Organismos Autónomos para la misma finalidad.
v. Las secciones u organizaciones juveniles de los partidos políticos, y ello a
tenor de lo preceptuado en el artículo 2 y 4 de la Ley Orgánica 6/2002, de 27
de junio, de Partidos Políticos, en relación con lo preceptuado en el artículo 1
de la LO 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y en
el artículo 2 de la LO 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos
políticos.
BASE QUINTA.- OBLIGACIONES
Los beneficiarios están sujetos a las siguientes obligaciones:
1) Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto que fundamentan la concesión de la
subvención.
2) Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el
cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización del proyecto y el
cumplimiento de la finalidad que determina la concesión o disfrute de la subvención.
3) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente o
la entidad colaboradora, en su caso, así como las actuaciones de control financiero que
puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le
sea requerida en el ejercicio de actuaciones anteriores.
CVE:
BOP-2022-4463
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de septiembre de 2022
N.º 0186
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