Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4392)
BOP-2022-4392 Bases reguladoras y convocatoria de Subvenciones para realizar Proyectos de igualdad y Coeducativos, curso escolar 2022-2023.
32 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El Órgano competente podrá dejar desierto el proceso de concurrencia o no agotar el importe
total previsto o el crédito disponible de la correspondiente aplicación presupuestaria.
REFORMULACIÓN.
NO se admitirá reformulación de la solicitud.
RESOLUCIÓN.
El Órgano competente para la resolución de la Convocatoria es el Ilmo. Sr. Presidente de la
Diputación Provincial de Cáceres, sin perjuicio de lo que dispongan las delegaciones
competenciales vigentes.
El plazo máximo para resolver y notificar la Resolución final del procedimiento no podrá
exceder de seis meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria,
transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada por
silencio administrativo.
La Resolución o Acuerdo contendrá las entidades solicitantes a las que se concede la
subvención y la desestimación expresa de las restantes solicitudes, con indicación de la
puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos en
la misma.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso
de reposición) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, en
la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
Todas las comunicaciones y notificaciones, correspondientes a los actos administrativos que se
dicten durante la tramitación del procedimiento (resolución provisional de concesión, resolución
definitiva, etc), registradas a través de la sede electrónica de la Diputación de Cáceres, se
incorporarán a los expedientes y estarán disponibles a lo largo de toda la tramitación telemática
en dicha sede. Se pondrá a disposición de las entidades solicitantes un sistema
complementario de alertas por medio de correo electrónico.
La publicación de las Resoluciones provisionales y definitivas, así como de las Resoluciones de
CVE:
BOP-2022-4392
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de septiembre de 2022
N.º 0183
Pág. 18968
total previsto o el crédito disponible de la correspondiente aplicación presupuestaria.
REFORMULACIÓN.
NO se admitirá reformulación de la solicitud.
RESOLUCIÓN.
El Órgano competente para la resolución de la Convocatoria es el Ilmo. Sr. Presidente de la
Diputación Provincial de Cáceres, sin perjuicio de lo que dispongan las delegaciones
competenciales vigentes.
El plazo máximo para resolver y notificar la Resolución final del procedimiento no podrá
exceder de seis meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria,
transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada por
silencio administrativo.
La Resolución o Acuerdo contendrá las entidades solicitantes a las que se concede la
subvención y la desestimación expresa de las restantes solicitudes, con indicación de la
puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos en
la misma.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso
de reposición) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, en
la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
Todas las comunicaciones y notificaciones, correspondientes a los actos administrativos que se
dicten durante la tramitación del procedimiento (resolución provisional de concesión, resolución
definitiva, etc), registradas a través de la sede electrónica de la Diputación de Cáceres, se
incorporarán a los expedientes y estarán disponibles a lo largo de toda la tramitación telemática
en dicha sede. Se pondrá a disposición de las entidades solicitantes un sistema
complementario de alertas por medio de correo electrónico.
La publicación de las Resoluciones provisionales y definitivas, así como de las Resoluciones de
CVE:
BOP-2022-4392
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de septiembre de 2022
N.º 0183
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