Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2022-4245)
BOP-2022-4245 Aprobación definitiva modificación Ordenanza Municipal del Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana.
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efectividad de los nuevos valores catastrales.
La reducción prevista en este apartado no será de aplicación a los supuestos en los que los
valores catastrales resultantes del procedimiento de valoración colectiva a que se refiere sean
inferiores a los hasta entonces vigentes. El valor catastral reducido en ningún caso podrá ser
inferior al valor catastral del terreno antes del procedimiento de valoración colectiva.
3. El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo será, para cada
periodo de generación:
El coeficiente máximo vigente, de acuerdo con el artículo 107.4 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales:
Periodo de generación Coeficiente RD-Ley
26/2021
Periodo de generación Coeficiente RD-Ley
26/2021
Inferior a 1 año. 0,14 11 años. 0,08
1 año. 0,13 12 años. 0,08
2 años. 0,15 13 años. 0,08
3 años. 0,16 14 años. 0,10
4 años. 0,17 15 años. 0,12
5 años. 0,17 16 años. 0,16
6 años. 0,16 17 años. 0,20
7 años. 0,12 18 años. 0,26
8 años. 0,10 19 años. 0,36
9 años.
10 años
0,09
0,08
Igual o superior a 20
años.
0,45
CVE:
BOP-2022-4245
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de septiembre de 2022
N.º 0172
Pág. 18295
La reducción prevista en este apartado no será de aplicación a los supuestos en los que los
valores catastrales resultantes del procedimiento de valoración colectiva a que se refiere sean
inferiores a los hasta entonces vigentes. El valor catastral reducido en ningún caso podrá ser
inferior al valor catastral del terreno antes del procedimiento de valoración colectiva.
3. El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo será, para cada
periodo de generación:
El coeficiente máximo vigente, de acuerdo con el artículo 107.4 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales:
Periodo de generación Coeficiente RD-Ley
26/2021
Periodo de generación Coeficiente RD-Ley
26/2021
Inferior a 1 año. 0,14 11 años. 0,08
1 año. 0,13 12 años. 0,08
2 años. 0,15 13 años. 0,08
3 años. 0,16 14 años. 0,10
4 años. 0,17 15 años. 0,12
5 años. 0,17 16 años. 0,16
6 años. 0,16 17 años. 0,20
7 años. 0,12 18 años. 0,26
8 años. 0,10 19 años. 0,36
9 años.
10 años
0,09
0,08
Igual o superior a 20
años.
0,45
CVE:
BOP-2022-4245
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de septiembre de 2022
N.º 0172
Pág. 18295