Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2022-4035)
BOP-2022-4035 Aprobación definitiva Ordenanza de Administración Electrónica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Reguladora de las Bases de Régimen Local, tras la publicación del texto integro de esta
ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Seguridad.
La seguridad de las sedes y registros electrónicos, así como la del acceso electrónico de los/as
ciudadanos/as a los servicios públicos, se regirán por lo establecido en el Esquema Nacional
de Seguridad.
El Pleno del Ayuntamiento aprobará su política de seguridad con el contenido mínimo
establecido en el artículo 11 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el
Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Se deberá dar publicidad en las correspondientes sedes electrónicas a las declaraciones de
conformidad y a los distintivos de seguridad de los que se disponga.
Se deberá realizar una auditoría regular ordinaria al menos cada dos años. Cada vez que se
produzcan modificaciones sustanciales en el sistema de información que puedan repercutir en
las medidas de seguridad requeridas, se deberá realizar una auditoría con carácter
extraordinario, que determinará la fecha de cómputo para el cálculo de los dos años. El informe
de auditoría tendrá el contenido establecido en el artículo 34.5 del Esquema Nacional de
Seguridad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Protección de datos.
La prestación de los servicios y las relaciones jurídicas a través de redes de telecomunicación
se desarrollarán de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección
de Datos de Carácter Personal, y las disposiciones específicas que regulan el tratamiento
automatizado de la información, la propiedad intelectual y los servicios de la sociedad de la
información.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Ventanilla única de la Directiva de Servicios.
El Ayuntamiento garantizará, dentro del ámbito de sus competencias, que los prestadores de
servicios puedan obtener la información y formularios necesarios para el acceso a una
actividad y su ejercicio a través de la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios
www.eugo.es
así como conocer las resoluciones y resto de comunicaciones de las autoridades competentes
en relación con sus solicitudes. Con ese objeto, el Ayuntamiento impulsará la coordinación para
CVE:
BOP-2022-4035
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de agosto de 2022
N.º 0163
Pág. 17109
ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Seguridad.
La seguridad de las sedes y registros electrónicos, así como la del acceso electrónico de los/as
ciudadanos/as a los servicios públicos, se regirán por lo establecido en el Esquema Nacional
de Seguridad.
El Pleno del Ayuntamiento aprobará su política de seguridad con el contenido mínimo
establecido en el artículo 11 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el
Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Se deberá dar publicidad en las correspondientes sedes electrónicas a las declaraciones de
conformidad y a los distintivos de seguridad de los que se disponga.
Se deberá realizar una auditoría regular ordinaria al menos cada dos años. Cada vez que se
produzcan modificaciones sustanciales en el sistema de información que puedan repercutir en
las medidas de seguridad requeridas, se deberá realizar una auditoría con carácter
extraordinario, que determinará la fecha de cómputo para el cálculo de los dos años. El informe
de auditoría tendrá el contenido establecido en el artículo 34.5 del Esquema Nacional de
Seguridad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Protección de datos.
La prestación de los servicios y las relaciones jurídicas a través de redes de telecomunicación
se desarrollarán de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección
de Datos de Carácter Personal, y las disposiciones específicas que regulan el tratamiento
automatizado de la información, la propiedad intelectual y los servicios de la sociedad de la
información.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Ventanilla única de la Directiva de Servicios.
El Ayuntamiento garantizará, dentro del ámbito de sus competencias, que los prestadores de
servicios puedan obtener la información y formularios necesarios para el acceso a una
actividad y su ejercicio a través de la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios
www.eugo.es
así como conocer las resoluciones y resto de comunicaciones de las autoridades competentes
en relación con sus solicitudes. Con ese objeto, el Ayuntamiento impulsará la coordinación para
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de agosto de 2022
N.º 0163
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