Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2022-3983)
BOP-2022-3983 Aprobación definitiva Ordenanza pista pádel.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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4.3.- Incidencias en la utilización.
1.- Si transcurridos quince minutos de la hora reservada, el sujeto pasivo no se hubiese
personado en la instalación para abonar la tasa y hacer uso de la pista, se tendrá por
cancelada la reserva, pudiendo disponer sobre su uso el personal encargado de la
instalación.
2.- La reiteración en esta conducta podrá ser sancionada en la forma prevista en esta
Ordenanza.
4.- Si por causa imputable al Ayuntamiento, tuviera que cancelarse una reserva, los/as
afectados/as tendrán derecho a recuperar las tasas abonadas.
4.4.- Equipamiento. Normas de uso.
1.- La pista está adecuada solamente para la práctica de pádel, por lo que cualquier otro
juego está prohibido.
2.- El equipamiento para acceder a las pistas debe ser deportivo y adecuado a la
práctica del deporte. Es obligatorio el uso de zapatilla con suela de goma así como
raquetas y pelotas específicas para la práctica del pádel, quedando excluidos otros
artefactos de impacto como pueden ser raquetas de tenis, palas de playa, palas de
frontón, sticks, pelotas de tenis, pelotas de frontón,etc.
3.- Los/as acompañantes no podrán acceder a la pista.
4.- Dentro de la pista no está permitido comer, fumar ni introducir objetos de vidrio o
cualquier otro que pueda causar daños al césped artificial o a las mamparas.
5.- No se autoriza la entrada de animales al recinto de las Pistas.
4.5 .- Responsabilidad del/la usuario/a.
1. El Ayuntamiento de Logrosán declina toda la responsabilidad de las lesiones que
pudieran originar derivadas de la práctica deportiva.
2. Los/as participantes en el momento de hacer la reserva, manifiestan estar físicamente
aptos para realizar la actividad físico-deportiva.
3. Una vez concluida la sesión, los/as usuarios/as deberán abandonar la pista y recoger
todas sus pertenencias, ropa, palas, pelotas, botellas, botes, etc.
CVE:
BOP-2022-3983
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de agosto de 2022
N.º 0161
Pág. 16813
1.- Si transcurridos quince minutos de la hora reservada, el sujeto pasivo no se hubiese
personado en la instalación para abonar la tasa y hacer uso de la pista, se tendrá por
cancelada la reserva, pudiendo disponer sobre su uso el personal encargado de la
instalación.
2.- La reiteración en esta conducta podrá ser sancionada en la forma prevista en esta
Ordenanza.
4.- Si por causa imputable al Ayuntamiento, tuviera que cancelarse una reserva, los/as
afectados/as tendrán derecho a recuperar las tasas abonadas.
4.4.- Equipamiento. Normas de uso.
1.- La pista está adecuada solamente para la práctica de pádel, por lo que cualquier otro
juego está prohibido.
2.- El equipamiento para acceder a las pistas debe ser deportivo y adecuado a la
práctica del deporte. Es obligatorio el uso de zapatilla con suela de goma así como
raquetas y pelotas específicas para la práctica del pádel, quedando excluidos otros
artefactos de impacto como pueden ser raquetas de tenis, palas de playa, palas de
frontón, sticks, pelotas de tenis, pelotas de frontón,etc.
3.- Los/as acompañantes no podrán acceder a la pista.
4.- Dentro de la pista no está permitido comer, fumar ni introducir objetos de vidrio o
cualquier otro que pueda causar daños al césped artificial o a las mamparas.
5.- No se autoriza la entrada de animales al recinto de las Pistas.
4.5 .- Responsabilidad del/la usuario/a.
1. El Ayuntamiento de Logrosán declina toda la responsabilidad de las lesiones que
pudieran originar derivadas de la práctica deportiva.
2. Los/as participantes en el momento de hacer la reserva, manifiestan estar físicamente
aptos para realizar la actividad físico-deportiva.
3. Una vez concluida la sesión, los/as usuarios/as deberán abandonar la pista y recoger
todas sus pertenencias, ropa, palas, pelotas, botellas, botes, etc.
CVE:
BOP-2022-3983
Verificable
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Martes, 23 de agosto de 2022
N.º 0161
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