Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2022-3983)
BOP-2022-3983 Aprobación definitiva Ordenanza pista pádel.
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b) Alterar, por necesidad del servicio público, de interés general o de fuerza mayor, el
orden de preferencia en la utilización del servicio y los horarios de apertura y cierre.
Artículo 4º.- Normas de funcionamiento de las instalaciones.
4.1- Usuarios/as.
1.- Se prohíbe el uso de las pistas de pádel a menores de 12 años salvo que se
encuentren bajo la supervisión de una persona mayor de edad. Éste/a deberá presentar
su Documento Nacional de Identidad o documento que legalmente lo sustituya en la
forma prevista en el artículo 3.
2.- Se prohíbe el uso de las pistas de pádel a aquellas personas que hayan sido
sancionadas conforme a esta Ordenanza y durante el tiempo que dure la sanción.
4.2- Reserva de las pistas.
1.- Existirá un libro donde se realizarán las reservas. En él se escribirá el nombre y
apellidos del/la usuario/a que hace la reserva y la fecha de la misma. La reserva de la
pista se realizará con una antelación máxima de 48 horas.
2.- La reserva y el abono de las tasas de alquiler de las pistas de pádel se hará
físicamente a la persona encargada para tal fin y en el lugar que fije el Ayuntamiento, en
los horarios de apertura de la instalación de que se trate y con carácter previo a acceder
a la misma, abonando la cantidad correspondiente. Acto seguido se le hará entrega de
un ticket como justificante de pago, así como de la llave de la pista, encargándose el/la
usuario/a directamente de abrir la pista y cerrarla cuando termine el tiempo de juego,
debiendo devolver a la misma persona y en el lugar en que se le hizo la entrega, y en
idéntico estado en que la encontró.
3.- La reserva de pista será por hora, con un máximo de dos horas por usuario/a y día.
Los/as usuarios/as de la instalación tendrán otra franja de diez minutos por encima de la
hora de la reserva para abandonar la instalación y dejar cerradas las puertas.
4. Sólo en el caso de que las condiciones de la pista o la climatología no permitan la
práctica deportiva, se tendrá la opción de anular la reserva y cambiarla para otro día.
5.- La gestión de las pistas podrá adjudicarse a personas o empresas privadas mediante
concurso.
CVE:
BOP-2022-3983
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de agosto de 2022
N.º 0161
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