Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañamero. (BOP-2022-3930)
BOP-2022-3930 Aprobación Bases convocatoria plaza Administrativo/a, promoción interna.
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Ayuntamiento de Cañamero
A.- Se procederá por el Tribunal a la baremación de los méritos alegados por los aspirantes, para ser
valorados, de acuerdo a los criterios que figuran en el anexo III.
B.- La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
C.- En cualquier caso, la experiencia profesional debe estar basada en una relación laboral o
funcional, excluyendo las becas formativas o convenios de colaboración social y relaciones de
parecida o igual naturaleza.
7.3.- PUNTUACIÓN FINAL.
A.- Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición.
Dicha suma determinará el orden final de puntuación, considerándose que ha aprobado las pruebas
aquel aspirante que haya obtenido mayor puntuación total definitiva.
B.- En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en
cuenta, a efectos de desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
— Mayor puntuación en la fase de oposición.
— Mayor puntuación en la valoración de la experiencia profesional.
— Mayor puntuación en la valoración de la formación.
BASE 8.- LISTA DE APROBADOS Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.
8.1.- Finalizadas las pruebas, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes que hayan
aprobado las pruebas selectivas por orden de puntuación obtenida.
8.2.- Una vez expuesta la lista, por orden de puntuación, se abrirá un plazo de reclamaciones de tres
días naturales. Resueltas las posibles reclamaciones o, en el supuesto de que no las hubiere, el
Tribunal elevará al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento la propuesta de nombramiento a favor
del aspirante seleccionado que mayor puntuación haya obtenido, hasta el límite de plazas
convocadas, haciéndola pública en el tablón de anuncios, sito en la sede del propio Ayuntamiento.
8.3.- En el plazo máximo de 20 días naturales, a contar desde la publicación anterior, el aspirante
propuesto por el Tribunal, presentará en la Secretaría los siguientes documentos acreditativos de los
requisitos exigidos en la base segunda.
a) Copia auténtica o fotocopia compulsada de la titulación o justificante de haber satisfecho los
derechos de expedición, sin perjuicio de su posterior presentación.
b) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones.
c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
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Jueves, 18 de agosto de 2022
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