Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-650)
BOP-2022-650 Bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones para realizar proyectos de Educación para la Ciudadanía Global.
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➔ Documentos acreditativos de los pagos efectuados. Los documentos de pago no se estampillan. En todos
los documentos justificativos del pago, deberá aparecer claramente el concepto del mismo y la fecha de
materialización del pago. Los medios de pago estos se acreditarán como sigue:
1) Transferencia Bancaria. Cuando los pagos se lleven a cabo a través de este medio, la cuenta de cargo debe
estar a nombre de la entidad. Para su acreditación se debe aportar alguno de los siguientes documentos:
▪ Resguardo de la orden de transferencia o de la notificación de domiciliación realizada.
▪ Extracto de la cuenta corriente en el que figure el cargo de la transferencia realizada.
▪ Certificado original emitido por la entidad bancaria que contenga: el titular y el número de la cuenta en
la que se carga la transferencia o adeudo, el ordenante de la transferencia o adeudo, el beneficiario
que debe coincidir con el emisor de la factura, el concepto por el que se realiza la transferencia, el
importe y la fecha de la operación.
2) Pago mediante cheque. En estos casos se aportará copia del cheque emitido a nombre del proveedor que
emite la factura, acompañada de copia sellada del extracto bancario que incluye el cargo.
3) Pagos en efectivo, hasta el límite legal de 1.000,00€ MIL EUROS, establecido en la Ley 11/2021 de 9 de julio
de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOP n.º 164 de 10 julio 2021)
Estos pagos se justificarán mediante recibo que acredite que al emisor de la factura le ha sido satisfecho el
importe. Este recibo debe contener al menos: término “Recibí, “Recibo de pago”, “Recibí en efectivo” o similar;
nombre y apellidos o razón social, DNI/NIF, firma de la persona que recibe dicho pago; identificación de la
factura a la que corresponde el pago y su fecha; fecha de cobro. También se admite que estos datos se plasmen
en el mismo documento de factura.
4) Pagos con tarjeta bancaria. Se justificarán mediante el documento de cargo del pago con la tarjeta y la titular
de la tarjeta habrá de ser la entidad o estar asociada a la misma.
➔ Fuentes de verificación imparciales y objetivas, que incluyan listados de personas participantes, desagregados
por edad y sexo, encuestas, hojas de firmas, recibís de entrega de materiales, fotografías o cualquier otro
acreditativo de la realización de las actividades.
Será obligatorio hacer constar la financiación/ colaboración de la Diputación de Cáceres mediante la disposición del
texto “En colaboración con la Diputación Provincial de Cáceres” y el logotipo de la Excma. Diputación en todo el
material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el proyecto o actividad subvencionada o, en su caso,
debiendo publicar en prensa o redes sociales nota informativa con el proyecto detallado y el importe total de la ayuda.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
El plazo máximo de justificación será de 3 MESES, desde la finalización del plazo de ejecución, es decir hasta el 31 de
marzo de 2023.
SUBSANACIÓN
En relación a la justificación, una vez presentada la misma dentro del plazo señalado para ello en esta BASE, si el órgano
gestor considerase, tras las oportunas verificaciones, que existen errores subsanables en la justificación, se requerirá a la
entidad beneficiaria que proceda a corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. La presentación de la
subsanación, se hará a través de la sede electrónica mediante la aportación de la documentación indicada y siguiendo
las indicaciones pertinentes que la entidad beneficiaria recibirá del órgano gestor.
Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado la misma, la Diputación Provincial de Cáceres requerirá a la
entidad beneficiaria para que la presente en un plazo improrrogable de 15 días, sin perjuicio de aplicar las sanciones que
estén establecidas para este tipo de incumplimientos. Ante la ausencia de justificación definitiva, la Diputación Provincial
de Cáceres iniciará el correspondiente expediente de reintegro.
PRÓRROGA
Las entidades beneficiarias podrán solicitar una prórroga del plazo de justificación de las ayudas. Es obligado que dicha
solicitud de prórroga esté registrada telemáticamente en la Diputación Provincial de Cáceres al menos diez días naturales
antes del término de su correspondiente plazo inicial. La Diputación Provincial de Cáceres, a la vista de las razones
CVE:
BOP-2022-650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 17 de febrero de 2022
N.º 0033
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