Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2022-196)
BOP-2022-196 Aprobación definitiva Reglamento del servicio de saneamiento y control de vertidos del municipio de Cabezuela del Valle.
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AYUNTAMIENTO DE CABEZUELA DEL VALLE
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La utilización del servicio de alcantarillado por actividades comerciales o industriales
requerirá la previa autorización del Ayuntamiento, denominada Autorización de
Vertidos.
ARTÍCULO 13. TIPOS DE AUTORIZACIONES DE VERTIDOS.
Las AV se clasificarán en dos categorías atendiendo a las características y volumen
de agua residual vertida:
1. Vertido Asimilable a Doméstico (VAD): se incluirán en este grupo a aquellas
actividades cuyos veritos procedan exclusivamente de usos domésticos del agua y
sus vertidos sean asimilables a aguas residuales domésticas. En cualquier caso, el
caudal del vertido de las actividades incluidas en este grupo no superará los
1.000m3/año
2. Vertido Industrial (VI): se incluirán en este grupo a aquellas actividades no
incluidas en el grupo anterior, con vertidos superiores a 1000m3/año y/o presenten
o exista riesgo, a juicio del Ayuntamiento, de contaminación significativa desde el
punto de vista cualitativo o cuantitativo.
ARTÍCULO 14. TRAMITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE VERTIDO.
Las instalaciones industriales, comerciales o destinadas a otro tipo de actividad, que
realicen vertidos a la red de alcantarillado municipal deberán estar en posesión de
la una autorización de vertido a obtener, remitiendo la documentación a que hace
referencia el Anexo I del presente Reglamento.
La autorización de vertido está constituida por la autorización emitida por el
Ayuntamiento y tiene por finalidad garantizar el correcto uso del sistema de
saneamiento, el cumplimiento de las normas establecidas y que la tipología de los
vertidos se adapte a los requisitos de calidad fijados en cada caso. El Ayuntamiento
concederá la Autorización de Vertidos a los usuarios que pretendan efectuar
vertidos a la red de alcantarillado del municipio y cumplan las condiciones de este
Reglamento.
La autorización de vertido tiene carácter autónomo, por ser independiente de la
concesión de otros permisos, pero será indispensable para la concesión de la
Licencia Municipal necesaria para la implantación y desarrollo de actividades
comerciales e industriales. El funcionamiento de éstas, será inherente a la posesión
de la autorización de vertido actualizada y vigente.
Las Autorizaciones de Vertidos tendrán validez mientras no se produzcan
variaciones en las condiciones que motivaron su concesión, tales como
modificaciones en las instalaciones, uso de las mismas, modificación de las
características del efluente, etc., en cuyo caso, el usuario deberá notificarlas al
Ayuntamiento y solicitar una nueva autorización.
4 Contenido de la autorización de Vertido:
CVE:
BOP-2022-196
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de enero de 2022
N.º 0012
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