Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-112)
BOP-2022-112 EXTRACTO. Programa de Subvenciones de Bonos al Consumo.
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17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 12.2e) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
“2. No podrán obtener la condición de beneficiario/a o entidad colaboradora de las
subvenciones reguladas en esta ley las personas o entidades en quienes concurra
alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención se
exceptúe por su normativa reguladora:

e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se
determine reglamentariamente.”
6. Cuando el/la beneficiario/a sea deudor/a con la Administración Local de una deuda vencida,
liquida y exigible se acordará la compensación de la misma.
7. Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo
de justificación.
8. Quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas
públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general,
entidades sin ánimo de lucro.
2. CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
El importe total del programa de Bonos al Consumo, dentro del presupuesto municipal en vigor,
asciende a DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000 €), incluidos en la aplicación presupuestaria
22.439A.472.
3. CUANTÍA DE LAS AYUDAS.
Cada empresa beneficiaria tendrá una cuantía fija de QUINIENTOS EUROS (500,00 €) en
concepto de “Bolsa de Bonos al Consumo”, que se irá reduciendo, hasta su agotamiento, en
función del valor de cada venta o prestación de servicio de acuerdo con los siguientes criterios:
- Descuento del 50% en operaciones de venta y/o prestación de servicio por un precio
total entre 10 y 100 euros.
- Para operaciones de venta y/o prestación de servicios por un precio superior a 100
euros, el importe de descuento máximo será de CINCUENTA euros, no pudiendo nunca
CVE:
BOP-2022-112
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de enero de 2022
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