Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-112)
BOP-2022-112 EXTRACTO. Programa de Subvenciones de Bonos al Consumo.
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superar esta cantidad.
Todas estas cuantías se entienden con el IVA incluido.
Aquellos/as solicitantes que, habiendo reunido la totalidad de requisitos y documentación
requeridos en anteriores convocatorias de subvención directa realizadas por el Ayuntamiento
de Navalmoral de la Mata para paliar los efectos económicos causados por la COVID 19, no
hubieran podido ser beneficiarias por causas de agotamiento de la partida presupuestaria del
importe total de la citada convocatoria, recibirán un bono al consumo por el mismo importe de
aquella ayuda no cobrada por agotamiento presupuestario.
4. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
1. El documento conforme al Anexo I para la obtención de las subvenciones reguladas en la
presente convocatoria estará disponible en la web municipal:
https://www.aytonavalmoral.es.
2. Las solicitudes, que deberán dirigirse a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata, se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
en el apartado de “Tablón de anuncios”, seleccionar Ayudas y Subvenciones.
3. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de
firma admitidos por la sede electrónica del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata y que
pueden comprobarse en el apartado de sistemas de firma electrónica admitidos y/o usados en
la sede, así como en el Registro General del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, este
último caso sólo para las personas físicas.
4. El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres (BOP) hasta el 31
de marzo de 2022, sin perjuicio de su posible ampliación en los términos establecidos en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas.
5. La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización
de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.
CVE:
BOP-2022-112
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de enero de 2022
N.º 0008
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