Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-72)
BOP-2022-72 Convocatoria solicitud Carrera Profesional Horizontal.
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RESUELVE.
PRIMERO. Abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme al modelo que figura en el
Anexo I, para el reconocimiento del Nivel Inicial, Nivel I y/o Nivel II de la Carrera Profesional
Horizontal, que llevará a cabo la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional Horizontal,
elevando la propuesta al Área de Personal, Formación y S.E.P.E.I. en los siguientes términos:
a) Nivel Inicial de la Carrera Profesional Horizontal: Los/as funcionarios/as de carrera, el
personal laboral fijo, los/as nombrados/as funcionarios/as interinos/as o declarados/as
indefinidos/as no fijos/as de plantilla y el personal laboral temporal de la Administración de la
Diputación Provincial de Cáceres que, a la fecha de 31 de diciembre de 2021, se encuentren
en activo o en situación de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares o
excedencia por razón de violencia de género, podrán solicitar el reconocimiento del Nivel Inicial
de la carrera profesional horizontal en el Cuerpo, Escala o Grupo en el que se den estas
circunstancias.
b) Nivel I de la Carrera Profesional Horizontal: Los funcionarios/as de carrera, el personal
laboral fijo, los/as nombrados/as funcionarios/as interinos/as o declarados/as indefinidos/as no
fijos de plantilla, el personal laboral temporal, de la Diputación Provincial de Cáceres que a la
fecha de 31 de diciembre de 2021 acrediten un ejercicio profesional de cinco años de
permanencia sin interrupción relevante, en el Cuerpo, Escala, Subescala, Clase y Categoría
profesional en el que se encuentre al momento de la solicitud, o desde el que hayan accedido a
situaciones de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares o excedencia por
razón de violencia de género, podrán solicitar el reconocimiento del Nivel I de la carrera
profesional horizontal.
En aquellos supuestos en los que un/a empleado/a público/a al que se le haya reconocido el
Nivel I haya causado baja o alta a lo largo del ejercicio 2021, le corresponderá el abono del
complemento de carrera profesional en la parte proporcional al tiempo que haya permanecido
en activo durante el ejercicio 2021.
c) Nivel II de la carrera profesional horizontal: Los/as funcionarios/as de carrera, el personal
laboral fijo, los/as nombrados/as interinos/as o declarados/as indefinidos/as no fijos/as de
plantilla y el personal laboral temporal de la Administración de la Diputación Provincial de
Cáceres que a la fecha de 31 de diciembre de 2021, acrediten:
1. Un ejercicio profesional de 12 años de permanencia sin interrupción relevante, en el
Cuerpo, Escala, Subescala, Clase y Categoría profesional en el que se encuentre al
momento de la solicitud, o desde el que hayan accedido a situaciones de servicios
CVE:
BOP-2022-72
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de enero de 2022
N.º 0006
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