Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-42)
BOP-2022-42 Convenio suscrito entre la Junta de Extremadura, la Diputación de Cáceres y la Diputación de Badajoz para la creación conjunta del Consorcio "Agencia Extremeña de la Energía" (AGENEX).
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aportaciones fijadas estatutariamente o, llegado el caso, por su máximo órgano de gobierno,
para el sostenimiento del Consorcio, conllevará:
i) La limitación de las actividades a desarrollar por el Consorcio, en proporción al grado de
incumplimiento y su repercusión en las actividades programadas, modificándose por el máximo
órgano de gobierno, a estos efectos, las actividades inicialmente aprobadas y el Plan de
Actuación.
ii) La privación al ente incumplidor de su derecho a participar en las actividades promovidas por
el Consorcio para las entidades consorciadas o para terceros.
Decimotercera.- Teniendo en cuenta que el objeto de este convenio es la constitución de un
ente con personalidad jurídica propia, más allá de la mera formalización de la colaboración
administrativa de las entidades que lo suscriben, a efectos de lo dispuesto por el art. 49.f) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete el
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio a la Asamblea General
del Consorcio que se constituye, que será asimismo la encargada de resolver los problemas
sobre su interpretación y cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto en los estatutos que
acompañan al presente. No obstante, en caso de litigio, corresponderá resolverlo a los
tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Decimocuarta.- La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes, expresado a través de la Asamblea General, previa proposición motivada.
Decimoquinta.- En un plazo no superior a 30 días hábiles desde la constitución del Consorcio,
su máximo órgano de dirección deberá proceder a comunicar este hecho a la Intervención
General de la Junta de Extremadura a efectos de su inscripción en el Inventario de Entidades
del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, dependiente de la Secretaría General de
Financiación Autonómica y Local de la Administración del Estado.
Asimismo, el convenio será objeto de inscripción en el Registro General de Convenios de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, en los plazos legalmente establecidos al efecto.
En prueba de conformidad, las partes suscriben este convenio, en el contenido del cual se
afirman y ratifican, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.”
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que el
presente acuerdo es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponerse, en el
CVE:
BOP-2022-42
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de enero de 2022
N.º 0004
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