Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Rosalejo. (BOP-2022-17)
BOP-2022-17 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales de compañía.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
●
●
●
catorce años, personas ancianas, personas con cualquier discapacidad o personas
embarazadas.
En la infracción prevista en la letra f) cuando se facilite documentación falsa.
En la infracción prevista en la letra j) cuando las trampas causen un sufrimiento grave o
lesions graves o la muerte a los animales y en el caso de colocación de sustancias
tóxicas o venenosas.
En la infracción prevista en la letra h).
III. INFRACCIONES MUY GRAVES:
a) El incumplimiento, activo o pasivo, de las prescripciones de esta Ordenanza cuando por su
entidad comporte un perjuicio muy grave o irreversible para la seguridad o salubridad públicas.
b) Utilizar animales en atracciones feriales mecánicas.
c) No mantener las condiciones mínimas necesarias para el bienestar del animal.
d) Publicitar espectáculos públicos que puedan suponer daño, sufrimiento o degradación para
los animales.
ARTÍCULO. 24. SANCIONES.
Las infracciones tipificadas en el artículo anterior se sancionan con arreglo a la siguiente
escala:
Infracciones leves: multa de 50 a 250 euros.
La sanción se aplicará en el grado mínimo, medio o máximo atendiendo a los criterios
fijados en la presente ordenanza y de acuerdo con las siguientes cuantías:
- Grado mínimo: de 50 a 100 euros.
- Grado medio: de 101 a 175 euros.
- Grado máximo: de 176 a 250 euros.
Infracciones graves: multa de 251 euros a 500 euros.
La sanción se aplicará en el grado mínimo, medio o máximo atendiendo a los criterios
fijados en la presente ordenanza y de acuerdo con las siguientes cuantías:
- Grado mínimo: de 251 a 325 euros.
CVE:
BOP-2022-17
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de enero de 2022
N.º 0002
Pág. 60
●
●
●
●
catorce años, personas ancianas, personas con cualquier discapacidad o personas
embarazadas.
En la infracción prevista en la letra f) cuando se facilite documentación falsa.
En la infracción prevista en la letra j) cuando las trampas causen un sufrimiento grave o
lesions graves o la muerte a los animales y en el caso de colocación de sustancias
tóxicas o venenosas.
En la infracción prevista en la letra h).
III. INFRACCIONES MUY GRAVES:
a) El incumplimiento, activo o pasivo, de las prescripciones de esta Ordenanza cuando por su
entidad comporte un perjuicio muy grave o irreversible para la seguridad o salubridad públicas.
b) Utilizar animales en atracciones feriales mecánicas.
c) No mantener las condiciones mínimas necesarias para el bienestar del animal.
d) Publicitar espectáculos públicos que puedan suponer daño, sufrimiento o degradación para
los animales.
ARTÍCULO. 24. SANCIONES.
Las infracciones tipificadas en el artículo anterior se sancionan con arreglo a la siguiente
escala:
Infracciones leves: multa de 50 a 250 euros.
La sanción se aplicará en el grado mínimo, medio o máximo atendiendo a los criterios
fijados en la presente ordenanza y de acuerdo con las siguientes cuantías:
- Grado mínimo: de 50 a 100 euros.
- Grado medio: de 101 a 175 euros.
- Grado máximo: de 176 a 250 euros.
Infracciones graves: multa de 251 euros a 500 euros.
La sanción se aplicará en el grado mínimo, medio o máximo atendiendo a los criterios
fijados en la presente ordenanza y de acuerdo con las siguientes cuantías:
- Grado mínimo: de 251 a 325 euros.
CVE:
BOP-2022-17
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de enero de 2022
N.º 0002
Pág. 60