Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2021-5914)
BOP-2021-5914 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la realización de Actividades Deportivas.
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ARTÍCULO 3. SUJETOS PASIVOS.
Son sujetos pasivos contribuyentes, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a
que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten o resulten afectados/as
por los servicios o actividades locales que presten o realice el Ayuntamiento, cuyo objeto
constituye el hecho imponible de la presente tasa.
1. Serán responsables solidarios/as y subsidiarios/as de la deuda tributaria las personas o
entidades definidas en los artículos 42 y 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, respecto a las obligaciones derivadas de la presente tasa.
La responsabilidad se exigirá en los términos y con arreglo al procedimiento previsto en la
citada Ley 58/2003.
ARTÍCULO 4. CUOTA TRIBUTARIA.
La cuota tributaria se establece en función de las tarifas que se describen en el artículo 5 de la
presente Ordenanza.
ARTÍCULO 5. TARIFAS.
Las cuantías de la presente tasa, serán las que se indican a continuación, según la cantidad fija
o en función de los elementos o factores que se relacionan en las siguientes tarifas:
6. DEVENGO.
1. El devengo de la tasa se producirá cuando se presente la solicitud que inicie la actuación o
el expediente, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente.
2. Cuando por causas no imputables al/a sujeto pasivo, el derecho a la utilización o
CONCEPTO CUOTA MENSUAL
Baile deportivo.
Infantil.
10 €
Baile deportivo.
Adulto.
10 €
CVE:
BOP-2021-5914
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 31 de diciembre de 2021
N.º 0249
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