Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2021-5914)
BOP-2021-5914 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la realización de Actividades Deportivas.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navas del Madroño
EDICTO. Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por
la realización de Actividades Deportivas.
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo inicial de aprobación de la disposición
de carácter general de Establecimiento de la Ordenanza Fiscal Reguladora del precio público
por la prestación del Servicio y realización de actividades deportivas del Excmo. Ayuntamiento
de Navas del Madroño, y no habiéndose producido reclamación alguna, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, queda elevado a definitivo el acuerdo, y se procede a la publicación íntegra de
la disposición, significando que, contra la aprobación definitiva, los/as interesados/as podrán
interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses desde la publicación
del presente Edicto.
TEXTO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y
REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS.
ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA.
En uso de las facultades concedidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, y por los
artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 15 a 19 del RDL 2/2004 de 5 de marzo que
aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se establece la
“Tasa por la prestación del Servicio y Realización de Actividades Deportivas”, que se regirá por
la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en los artículos 20 y
siguientes del citado RDL 2/2004.
ARTÍCULO 2. HECHO IMPONIBLE.
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios y la realización de las
actividades administrativas de carácter deportivo descritas en el artículo 5 de la presente
Ordenanza.
CVE:
BOP-2021-5914
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 31 de diciembre de 2021
N.º 0249
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