Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2021-5813)
BOP-2021-5813 Programa de Subvención de incentivos al empleo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mujeres víctimas de violencia de género.
Personas mayores de 45 años.
Personas menores de 30 años.
6. A cada solicitante se le concederá de manera inicial el importe correspondiente a una única
contratación y a una única línea de las comprendidas en los apartados 1, 2, o 3 de este
artículo. Las Líneas 4 y 5 serán complementarias a las líneas 1,2 y 3 y se otorgarán de manera
adicional a la línea solicitada (1,2 o 3) a los/as solicitantes que les corresponda, concediéndose
también de manera inicial junto con la primera contratación.
7. En caso de haber crédito disponible, se podrá otorgar el importe correspondiente a una
segunda contratación, dentro de las líneas subvencionables en los apartados 1, 2, 3 y la
complementaria 5 de este artículo y así sucesivamente, todo ello hasta agotarse el crédito
disponible destinado a la convocatoria. La línea 4 solo se otorgará una única vez,
independientemente del número de contrataciones que se realicen.
8. La Comisión de Valoración podrá solicitar documentación complementaria, si lo estima
oportuno, para determinar la inclusión en la línea de subvención correspondiente.
4. CONDICIONES Y REQUISITOS.
Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones a que se refieren estas bases
las empresas y entidades que cumplan las condiciones y los requisitos siguientes:
Tener centro de trabajo en Navalmoral de la Mata.
No superar en su plantilla los 50 trabajadores/as.
No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes
condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas discriminatorias por razón de sexo
o de género, según la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y
hombres.
Retribuir a las personas contratadas según la correspondiente normativa laboral.
Suscribir y formalizar un contrato laboral de duración mínima de 6 meses, o indefinido,
con personas que acrediten estar empadronadas en la ciudad de Navalmoral de la Mata
de manera ininterrumpida, al menos desde los 6 meses anteriores, de la fecha del
contrato subvencionado, o transformación de temporal en indefinido, o transformación
de jornada parcial a jornada completa. (El requisito de empadronamiento sólo será
exigible para nuevas contrataciones que den derecho a la cuantía de la línea 1
establecida en el artículo siguiente).
CVE:
BOP-2021-5813
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
N.º 0247
Pág. 24537
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Mujeres víctimas de violencia de género.
Personas mayores de 45 años.
Personas menores de 30 años.
6. A cada solicitante se le concederá de manera inicial el importe correspondiente a una única
contratación y a una única línea de las comprendidas en los apartados 1, 2, o 3 de este
artículo. Las Líneas 4 y 5 serán complementarias a las líneas 1,2 y 3 y se otorgarán de manera
adicional a la línea solicitada (1,2 o 3) a los/as solicitantes que les corresponda, concediéndose
también de manera inicial junto con la primera contratación.
7. En caso de haber crédito disponible, se podrá otorgar el importe correspondiente a una
segunda contratación, dentro de las líneas subvencionables en los apartados 1, 2, 3 y la
complementaria 5 de este artículo y así sucesivamente, todo ello hasta agotarse el crédito
disponible destinado a la convocatoria. La línea 4 solo se otorgará una única vez,
independientemente del número de contrataciones que se realicen.
8. La Comisión de Valoración podrá solicitar documentación complementaria, si lo estima
oportuno, para determinar la inclusión en la línea de subvención correspondiente.
4. CONDICIONES Y REQUISITOS.
Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones a que se refieren estas bases
las empresas y entidades que cumplan las condiciones y los requisitos siguientes:
Tener centro de trabajo en Navalmoral de la Mata.
No superar en su plantilla los 50 trabajadores/as.
No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes
condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas discriminatorias por razón de sexo
o de género, según la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y
hombres.
Retribuir a las personas contratadas según la correspondiente normativa laboral.
Suscribir y formalizar un contrato laboral de duración mínima de 6 meses, o indefinido,
con personas que acrediten estar empadronadas en la ciudad de Navalmoral de la Mata
de manera ininterrumpida, al menos desde los 6 meses anteriores, de la fecha del
contrato subvencionado, o transformación de temporal en indefinido, o transformación
de jornada parcial a jornada completa. (El requisito de empadronamiento sólo será
exigible para nuevas contrataciones que den derecho a la cuantía de la línea 1
establecida en el artículo siguiente).
CVE:
BOP-2021-5813
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
N.º 0247
Pág. 24537