Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2021-5792)
BOP-2021-5792 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
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1. Este coeficiente se aplicará incluso en el supuesto que el mencionado cuadro sea
modificado por Ley de Presupuestos Generales del Estado.
2. El concepto de las diversas clases de vehículos y las reglas para la aplicación de las tarifas
será el que se determine con carácter general por la Administración del Estado.
En su defecto se estará a lo dispuesto en el Código de la Circulación por lo que respecta a los
diferentes tipos de vehículos.
De 1.000 a 2.999 kgs de carga útil. 93,76 €
De 3.000 a 9.999 kgs de carga útil. 133,60 €
De más de 9.999 kgs de carga útil. 167,00 €
Tractores. De menos de 16 caballos fiscales. 19,90 €
De 16 a 25 caballos fiscales. 31,25 €
De más de 25 caballos fiscales. 93,76 €
Remolques, semirremolques
arrastrados por vehículos de
tracción mecánica.
De menos de 1.000 y más de 750 kg. de carga útil. 19,91 €
De 1.000 a 2.999 kg de carga útil. 31,26 €
De más de 2.999 kg de carga útil. 93,76 €
Otros vehículos. Ciclomotores. 8,00 €
Motocicletas hasta 125 cc. 8,50 €
Motocicletas de más de 125 y hasta 250 cc. 9,99 €
Motocicletas de más de 250 y hasta 500 cc. 20,70 €
Motocicletas de más de 500 y hasta 1.000 cc. 38,70 €
Motocicletas de más de 1.000 cc. 75,60 €
CVE:
BOP-2021-5792
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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