Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5773)
BOP-2021-5773 Convocatoria para la provisión de 39 plazas de Conductores/as Bomberos/as.
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dad técnica y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del
procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la
convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los ma-
nuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área de Personal con el objeto de homo-
geneizar los criterios de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración Provincial, aunque ésta, en
su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pú-
blicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irre-
gularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida
en el Área de Personal, Formación y SEPEI de la Diputación de Cáceres ubicada en el Palacio
Provincial, en la Plaza de Santa María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los aspirantes.
6.1. La actuación de los aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidosa partir de la letra “W”, de conformidad con el sorteo
efectuado previamente (BOP de 19-2-2021) y figurará en el anuncio por el que se haga pública
la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar
de comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos
cinco días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la
sede electrónica de la Diputación Provincial (direcciones webs indicadas en la Base 3ª).
6.2. Adaptaciones de tiempo y medios.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su condi-
ción con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de tiempo y
medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen Técnico Fa-
cultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acredi-
tando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minus-
valía reconocido.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente cuando la
discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que corresponderá al Tribunal
Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de tiempos y medios en función
de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, o
norma que la modifique o sustituya.
CVE:
BOP-2021-5773
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la
convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los ma-
nuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área de Personal con el objeto de homo-
geneizar los criterios de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración Provincial, aunque ésta, en
su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pú-
blicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irre-
gularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida
en el Área de Personal, Formación y SEPEI de la Diputación de Cáceres ubicada en el Palacio
Provincial, en la Plaza de Santa María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los aspirantes.
6.1. La actuación de los aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidosa partir de la letra “W”, de conformidad con el sorteo
efectuado previamente (BOP de 19-2-2021) y figurará en el anuncio por el que se haga pública
la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar
de comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos
cinco días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la
sede electrónica de la Diputación Provincial (direcciones webs indicadas en la Base 3ª).
6.2. Adaptaciones de tiempo y medios.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su condi-
ción con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de tiempo y
medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen Técnico Fa-
cultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acredi-
tando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minus-
valía reconocido.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente cuando la
discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que corresponderá al Tribunal
Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de tiempos y medios en función
de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, o
norma que la modifique o sustituya.
CVE:
BOP-2021-5773
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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