Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5773)
BOP-2021-5773 Convocatoria para la provisión de 39 plazas de Conductores/as Bomberos/as.
41 páginas totales
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Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación solicitada.
Los órganos de selección darán traslado al interesado del contenido del informe técnico y concreta-
rán al aspirante interesado las condiciones en que se celebrará la prueba para la que se solicitó la
adaptación.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos compe-
tentes de los Servicios Sociales o Médicos de la Diputación Provincial de Cáceres o de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado
libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para que
acrediten su personalidad.
6.4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del
mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse
éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso
la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la
identidad de los aspirantes.
SEPTIMA. Sistemas de Selección.
7.1. Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pú-
blica de Extremadura, se realizarán a través de los sistemas de concurso-oposición. El procedi-
miento de selección de los aspirantes constará de dos fases.s:
A) Oposición: 60 puntos.
B) Concurso: 40 puntos.
Una vez concluidas todas las pruebas de la fase oposición, los candidatos aprobados deberán
superar un reconcomiendo médico y examen psicotécnico, los cuales tendrán carácter elimi-
natorio. Los aspirantes, serán declarados aptos o no aptos.
CVE:
BOP-2021-5773
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
Pág. 24308
Los órganos de selección darán traslado al interesado del contenido del informe técnico y concreta-
rán al aspirante interesado las condiciones en que se celebrará la prueba para la que se solicitó la
adaptación.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos compe-
tentes de los Servicios Sociales o Médicos de la Diputación Provincial de Cáceres o de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado
libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para que
acrediten su personalidad.
6.4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del
mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse
éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso
la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la
identidad de los aspirantes.
SEPTIMA. Sistemas de Selección.
7.1. Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pú-
blica de Extremadura, se realizarán a través de los sistemas de concurso-oposición. El procedi-
miento de selección de los aspirantes constará de dos fases.s:
A) Oposición: 60 puntos.
B) Concurso: 40 puntos.
Una vez concluidas todas las pruebas de la fase oposición, los candidatos aprobados deberán
superar un reconcomiendo médico y examen psicotécnico, los cuales tendrán carácter elimi-
natorio. Los aspirantes, serán declarados aptos o no aptos.
CVE:
BOP-2021-5773
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
Pág. 24308