Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5745)
BOP-2021-5745 Bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones para la adjudicación de ayudas a las personas participantes en las Acciones Formativas del Proyecto JUVENTAS FORMA en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil. Ayudas EMP-POEJ.
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III
El proyecto consta como máximo de 55 acciones formativas; la regulación de las ayudas (en
adelante becas) a los/as participantes en dichos itinerarios es el objeto de las presentes bases.
Las Directrices de la Comisión Europea recomiendan utilizar los costes simplificados para
justificar los gastos subvencionables de las operaciones financiadas por el FSE; en este
sentido, el abono de la subvención concedida a la Diputación Provincial de Cáceres sólo se
hará efectivo en su totalidad, en la medida en que se cumplan los objetivos previstos, en este
caso, y tal como prevé el proyecto aprobado, que se supere el 75% de personas formadas en
el proyecto. Conforme a la Resolución del 26/08/2019 de Director General de Cooperación
Autonómica y Local, por la que se aprueban las instrucciones para la aplicación y desarrollo de
la convocatoria de ayudas del Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social
Europeo (ayudas EMP-POEJ) destinadas a la financiación de proyectos de empleo,
autoempleo y emprendimiento colectivo, dirigidos a afrontar el reto demográfico en los
municipios de menor población, para alcanzar el concepto de persona formada, entre otras: no
se permite ni una sola falta de asistencia sin justificar; no se permite incurrir en faltas de
asistencia justificadas que supongan más del 10% de la duración de cada itinerario; y, en
conexión con este punto, en caso de baja, sólo podrán incorporarse suplentes antes de que
haya transcurrido el 10% de las horas de formación. Por otra parte, para calcular el importe de
la ayuda económica por asistencia a la formación que percibirá la Diputación de Cáceres, sólo
se tendrá en cuenta a las personas formadas que hayan recibido o tengan derecho a percibir la
ayuda aprobada por la Entidad beneficiaría.
IV
Esta Diputación de Cáceres, por resolución de presidencia de fecha 3 de junio de 2020,
aprueba las normas que han de regir la selección de los/as participantes en las acciones
formativas, así como ayudas a los/as participantes en el proyecto JUVENTAS FORMA. No
obstante, y de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente, se hace
necesario convocar y aprobar las ayudas de conformidad con las siguientes:
BASES Y CONVOCATORIA.
1. OBJETO.
Es objeto de las presentes bases convocar y establecer las condiciones que han de regir la
concesión y pago de ayudas económicas, destinadas a facilitar la participación de las personas
beneficiarias del Proyecto JUVENTAS FORMA en acciones formativa objeto del mismo, en
aras a combatir el reto demográfico en los municipios de menor población de la provincia de
CVE:
BOP-2021-5745
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de diciembre de 2021
N.º 0245
Pág. 24039
El proyecto consta como máximo de 55 acciones formativas; la regulación de las ayudas (en
adelante becas) a los/as participantes en dichos itinerarios es el objeto de las presentes bases.
Las Directrices de la Comisión Europea recomiendan utilizar los costes simplificados para
justificar los gastos subvencionables de las operaciones financiadas por el FSE; en este
sentido, el abono de la subvención concedida a la Diputación Provincial de Cáceres sólo se
hará efectivo en su totalidad, en la medida en que se cumplan los objetivos previstos, en este
caso, y tal como prevé el proyecto aprobado, que se supere el 75% de personas formadas en
el proyecto. Conforme a la Resolución del 26/08/2019 de Director General de Cooperación
Autonómica y Local, por la que se aprueban las instrucciones para la aplicación y desarrollo de
la convocatoria de ayudas del Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social
Europeo (ayudas EMP-POEJ) destinadas a la financiación de proyectos de empleo,
autoempleo y emprendimiento colectivo, dirigidos a afrontar el reto demográfico en los
municipios de menor población, para alcanzar el concepto de persona formada, entre otras: no
se permite ni una sola falta de asistencia sin justificar; no se permite incurrir en faltas de
asistencia justificadas que supongan más del 10% de la duración de cada itinerario; y, en
conexión con este punto, en caso de baja, sólo podrán incorporarse suplentes antes de que
haya transcurrido el 10% de las horas de formación. Por otra parte, para calcular el importe de
la ayuda económica por asistencia a la formación que percibirá la Diputación de Cáceres, sólo
se tendrá en cuenta a las personas formadas que hayan recibido o tengan derecho a percibir la
ayuda aprobada por la Entidad beneficiaría.
IV
Esta Diputación de Cáceres, por resolución de presidencia de fecha 3 de junio de 2020,
aprueba las normas que han de regir la selección de los/as participantes en las acciones
formativas, así como ayudas a los/as participantes en el proyecto JUVENTAS FORMA. No
obstante, y de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente, se hace
necesario convocar y aprobar las ayudas de conformidad con las siguientes:
BASES Y CONVOCATORIA.
1. OBJETO.
Es objeto de las presentes bases convocar y establecer las condiciones que han de regir la
concesión y pago de ayudas económicas, destinadas a facilitar la participación de las personas
beneficiarias del Proyecto JUVENTAS FORMA en acciones formativa objeto del mismo, en
aras a combatir el reto demográfico en los municipios de menor población de la provincia de
CVE:
BOP-2021-5745
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de diciembre de 2021
N.º 0245
Pág. 24039