Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2021-5705)
BOP-2021-5705 Bases reguladoras para la concesión de Subvenciones en materia de ayudas a la natalidad - Cheque Bebé.
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a.
b.
publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Los actos administrativos que se dicten en relación con esta convocatoria, serán objeto de
publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, notificándose directamente a los
interesados/as en la forma establecida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Corporación la totalidad de las
subvenciones concedidas.
La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa.
SEXTA. - Cuantía de la Concesión.
El importe de la subvención será de 700 € por cada nacimiento o adopción, de los cuales 350 €
se entregarán en vales nominativos para consumir en establecimientos de la localidad.
El órgano competente para la concesión de estas ayudas se reserva las facultades siguientes:
No establecer orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los
requisitos establecidos para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria
fuera suficiente, atendido el número de solicitudes una vez finalizado el plazo de
presentación.
Podrá proceder al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global
máximo establecido en la convocatoria
Incoar expediente de modificación presupuestaria con la finalidad de dotar crédito para
atender todas las solicitudes.
SÉPTIMA. - Compatibilidad de las Subvenciones.
Las subvenciones que se concedan con cargo a la presente convocatoria serán compatibles
con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de
cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o
de organismos internacionales.
OCTAVA. - Obligaciones de los Beneficiarios/as:
Son obligaciones de los/as beneficiarios/as las siguientes:
Someterse a las actuaciones de comprobación que correspondan en relación a
lasayudas concedidas.
Comunicar al ayuntamiento la obtención de otras ayudas para la financiación de las
CVE:
BOP-2021-5705
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de diciembre de 2021
N.º 0243
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