Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2021-5705)
BOP-2021-5705 Bases reguladoras para la concesión de Subvenciones en materia de ayudas a la natalidad - Cheque Bebé.
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actividades subvencionadas, así como cualquier alteración de las condiciones
tenidasen cuenta para el otorgamiento de la subvención.
Permanecer empadronado los dos progenitores, excepto por separación o divorcio y
familia monoparental y el menor en la localidad durante un periodo de tres años a
contar desde el nacimiento o adopción, siendo causa de reintegro de la subvención
recibida la no permanencia.
NOVENA. Justificación y Pago.
Esta subvención tendrá carácter pospagable, de acuerdo con las reglas siguientes:
La justificación se realizará con la presentación de todos los datos requeridos en la
solicitud de la ayuda.
El pago a los beneficiarios se realizará una vez realizada la justificación.
El pago se realizará, en función de las disponibilidades de tesorería, a lo largo del
ejercicio presupuestario en que se produzca la concesión de la subvención.
DISPOSICIÓN FINAL.
Única. - Entrada en Vigor.
La presente entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres.
Tiétar, 17 de diciembre de 2021
Verónica Raquel Llorente Fernández
SECRETARIA INTERVENTORA
CVE:
BOP-2021-5705
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de diciembre de 2021
N.º 0243
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