Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2021-4424)
BOP-2021-4424 Convenio de delegación de la gestión recaudatoria de los derechos económicos de carácter público con el Consorcio "Medioambiente y Aguas de Cáceres - MásMedio".
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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cantidades indebidamente pagadas, serán objeto de formalización de expediente que resolverá
el órgano competente del O.A.R.G.T., ordenando, en su caso, se retenga y pague con cargo a
los ingresos obtenidos de la recaudación del Consorcio MÁSMEDIO.
SÉPTIMA. INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN MEDIANTE TRANSMISIÓN DE DATOS.
Por los Servicios Informáticos del O.A.R.G.T. y del Consorcio MÁSMEDIO se establecerán las
medidas informáticas necesarias para tener acceso a la remisión de información, consultas,
etc.
OCTAVA. GESTIÓN DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE
DATOS.
1. Los datos y ficheros que conteniendo datos de carácter personal sean facilitados por el
Consorcio, o por terceros autorizados por éste, serán incorporados a ficheros automatizados
titularidad del O.A.R.G.T., consintiendo expresamente, mediante la firma del presente, el
tratamiento automatizado de los mismos.
2. Una vez incorporados los datos a los sistemas de información que tratan los ficheros de su
titularidad, el O.A.R.G.T. pasará a ser considerado Encargado del Tratamiento, siendo la
finalidad del tratamiento la prestación de los servicios encomendados y la adecuada gestión y
ejercicio de las competencias delegadas.
3. El O.A.R.G.T. se compromete a adoptar e implantar las medidas de seguridad técnica y
organizativa que correspondan de conformidad a su Política de Seguridad de la Información en
cumplimiento de la vigente normativa de protección de datos.
4. El Consorcio designará el personal de su Organización que, previa obtención de una clave
asignada por el O.A.R.G.T. de acuerdo a su Política de Seguridad de la Información y
Protección de Datos, podrá acceder a la base de datos e intercambiar información o ficheros
con datos de carácter personal por medios electrónicos o físicos con personal del O.A.R.G.T.,
exclusivamente en los términos que constan en el presente Convenio.
5. El Consorcio mantendrá actualizado el listado de personas autorizadas para acceso a bases
de datos, comunicando las variaciones que pudieran producirse a través del procedimiento
para la gestión de usuarios/as y formularios aprobados por el O.A.R.G.T.
6. El personal designado está obligado al más estricto y completo sigilo respecto de los datos
de carácter personal, económico o fiscal tratados, tanto si afecta a personas físicas o jurídicas
o a las entidades del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, aun
CVE:
BOP-2021-4424
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 1 de octubre de 2021
N.º 0188
Pág. 19598
el órgano competente del O.A.R.G.T., ordenando, en su caso, se retenga y pague con cargo a
los ingresos obtenidos de la recaudación del Consorcio MÁSMEDIO.
SÉPTIMA. INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN MEDIANTE TRANSMISIÓN DE DATOS.
Por los Servicios Informáticos del O.A.R.G.T. y del Consorcio MÁSMEDIO se establecerán las
medidas informáticas necesarias para tener acceso a la remisión de información, consultas,
etc.
OCTAVA. GESTIÓN DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE
DATOS.
1. Los datos y ficheros que conteniendo datos de carácter personal sean facilitados por el
Consorcio, o por terceros autorizados por éste, serán incorporados a ficheros automatizados
titularidad del O.A.R.G.T., consintiendo expresamente, mediante la firma del presente, el
tratamiento automatizado de los mismos.
2. Una vez incorporados los datos a los sistemas de información que tratan los ficheros de su
titularidad, el O.A.R.G.T. pasará a ser considerado Encargado del Tratamiento, siendo la
finalidad del tratamiento la prestación de los servicios encomendados y la adecuada gestión y
ejercicio de las competencias delegadas.
3. El O.A.R.G.T. se compromete a adoptar e implantar las medidas de seguridad técnica y
organizativa que correspondan de conformidad a su Política de Seguridad de la Información en
cumplimiento de la vigente normativa de protección de datos.
4. El Consorcio designará el personal de su Organización que, previa obtención de una clave
asignada por el O.A.R.G.T. de acuerdo a su Política de Seguridad de la Información y
Protección de Datos, podrá acceder a la base de datos e intercambiar información o ficheros
con datos de carácter personal por medios electrónicos o físicos con personal del O.A.R.G.T.,
exclusivamente en los términos que constan en el presente Convenio.
5. El Consorcio mantendrá actualizado el listado de personas autorizadas para acceso a bases
de datos, comunicando las variaciones que pudieran producirse a través del procedimiento
para la gestión de usuarios/as y formularios aprobados por el O.A.R.G.T.
6. El personal designado está obligado al más estricto y completo sigilo respecto de los datos
de carácter personal, económico o fiscal tratados, tanto si afecta a personas físicas o jurídicas
o a las entidades del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, aun
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