Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-4365)
BOP-2021-4365 Convocatoria una plaza de Arquitecto/a Técnico/a. Concurso-oposición libre a través del proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida en el
Área de Personal, Formación y SEPEI, en las dependencias administrativas del Servicio de Personal e
Inspección de servicios, en el Negociado de Selección y Provisión, ubicado en la segunda planta del
Palacio Provincial, en la Plaza de Santa María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los/as aspirantes.
6.1. La actuación de los aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidos a partir de la letra “W”, de conformidad con el sorteo
efectuado previamente (BOP de 19-2-2021) y figurará en el anuncio por el que se haga pública la
resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar de
comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco
días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede
electrónica de la Diputación Provincial.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición, con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de tiempo y
medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente,
acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que ha/n dado origen al grado de
minusvalía reconocido.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador resolver
la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las circunstancias
específicas de cada ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se
regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad y
la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación
solicitada.
6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente
alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el
Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su
personalidad.
CVE:
BOP-2021-4365
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
N.º 0186
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