Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Toril. (BOP-2021-4355)
BOP-2021-4355 Ordenanza de Taxi.
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ARTÍCULO 13. Prestación de los Servicios.
Los/as titulares de una licencia municipal de auto taxi deberán comenzar a prestar el servicio
en el plazo de sesenta días naturales, contados desde la fecha de la concesión y con el
vehículo afecto a la misma.
En el caso de no poder cumplirse esta obligación, el/la titular deberá justificar de forma ante
esta Alcaldía los motivos y solicitar una prórroga por escrito para la concesión de un segundo
plazo.
ARTÍCULO 14. Obligaciones de los/as Conductores/as.
1. Los/as conductores/as deberán seguir el trayecto más corto para llegar al destino marcado
por el/la viajero/a, salvo que se manifieste lo contrario.
2. Los/as conductores/as solicitados/as no podrán negarse a prestar un servicio solicitado
personal o telefónicamente, salvo que exista causa justa; se entiende causa justa:
- Ser requerido/a por individuo perseguido/a por la Policía.
- Ser solicitado/a para transportar un número de personas superior al de las plazas
autorizadas para el vehículo.
- Cuando cualquiera de los/as viajeros/as se encuentre en estado de manifiesta
embriaguez o intoxicación por estupefacientes, excepto en los casos de peligro grave o
inminente para su vida o integridad física.
- Cuando sea requerido/a para prestar el servicio por vías intransitables.
3. Durante la prestación del servicio los/as conductores/as deberán ir provistos de los
siguientes documentos:
Referentes al vehículo: Licencia, placa con el número de licencia y plazas del vehículo,
permiso de circulación del vehículo, póliza de seguro y recibo.
Referentes al/a conductor/a: Carné de conducir correspondiente, permiso municipal de
conducir.
4. El/la conductor/a deberá prestar el servicio con corrección y buenas maneras, cargando y
descargando del vehículo los bultos que porte el/la pasajero/a.
5. Deberán vestir con corrección, con libertad para la elección de las prendas de vestir y
CVE:
BOP-2021-4355
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de septiembre de 2021
N.º 0185
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