Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Toril. (BOP-2021-4355)
BOP-2021-4355 Ordenanza de Taxi.
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competente para el otorgamiento de la autorización interurbana o, en su caso, el órgano
gestor del área unificada de servicio o entidad equivalente pueda establecer lo contrario
para casos determinados.
TÍTULO II. LICENCIAS
ARTÍCULO 3. Licencias.
Para la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros/as mediante automóvil de
turismo será necesaria la previa obtención de la correspondiente licencia de auto taxi otorgada
por el Ayuntamiento de Toril conforme a lo establecido en el artículo 10 y siguientes del Real
Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento nacional de los
servicios urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros.
La licencia habilitará para prestación del servicio en un vehículo concreto, afecto a la licencia y
cuya identificación figurará en la misma.
Para la obtención de la licencia municipal de auto taxi será necesario obtener simultáneamente
la autorización que habilite para la prestación de servicios de transporte interurbano de
viajeros/as en automóviles de turismo.
Las licencias municipales de auto taxi se otorgarán por períodos de 5 años, si bien su validez
quedará condicionada al cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos para la
obtención de la licencia y la constatación periódica de dicha circunstancia.
ARTÍCULO 4. Ámbito de las Licencias.
El régimen de otorgamiento y utilización, suspensión, modificación y extinción de las licencia de
auto taxi se ajustará a lo previsto en la presente Ordenanza.
El Ayuntamiento podrá, en cualquier momento, comprobar el cumplimiento de los requisitos
exigidos para la obtención de las licencias, previa solicitud a sus titulares de la documentación
acreditativa de dichos requisitos que estime pertinente
La pérdida o retirada, por cualquier causa legal, de la autorización de transporte interurbano
dará lugar, asimismo, a la cancelación de la licencia.
La pérdida o cancelación, por cualquier causa legal, de la licencia municipal dará lugar,
asimismo, a la retirada de la autorización de transporte urbano.
CVE:
BOP-2021-4355
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de septiembre de 2021
N.º 0185
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