Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2021-4300)
BOP-2021-4300 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día de Herreruela.
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Será requisito indispensable para invitar a comer a algún/a familiar o amigo/a, comunicarlo con
doce horas al menos, de antelación y previa aceptación del precio. El pago de las invitaciones
se hará en el momento de encargar las comidas, no procediendo su devolución en caso de no
personarse los/as invitados/as.
CAPÍTULO III. DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.
Todo/a residente debe respetar lo establecido en el presente Reglamento de Régimen Interno.
ARTÍCULO 30. En las zonas comunes (comedor, sala de estar, etc,) se estará con ropa de
calle.
ARTÍCULO 31. Cualquier objeto que se encuentre el/la usuario/a, deberá entregarlo en la
Recepción inmediatamente, por tanto, si un/a usuario/a ha perdido algo, deberá dirigirse a
Recepción.
ARTÍCULO 32. Antes de utilizar cualquier aparato el/la usuario/a se cerciorará de que el voltaje
es el adecuado.
ARTÍCULO 33. El/la usuario/a cuidará de que en cada momento sólo permanezcan encendidas
aquellas luces que son necesarias y colaborará en apagar las que no lo son.
ARTÍCULO 34. Procurará no utilizar las zonas comunes durante las horas de limpieza, con el
fin de facilitar las tareas encomendadas.
ARTÍCULO 35. El Centro permanecerá cerrado de las 23 horas a las 8 de la mañana en
invierno y en verano, si por cualquier causa el/la Residente debiera regresar más tarde, lo
comunicará a la Dirección del Centro.
ARTÍCULO 36. Cuando se ausente del Centro deberá entregar las llaves a la Dirección, por si
se le extravían en la calle.
ARTÍCULO 37. Si por cualquier causa, el/la Residente pernoctase fuera del Centro, deberá
el/la usuario/a comunicarlo a la Dirección del Centro, como mínimo con un día de antelación.
ARTÍCULO 38. Los/as Residentes no podrán salir del Centro sin previa comunicación a la
Dirección, y si así fuera, el Centro quedará eximido de toda responsabilidad judicial y penal con
respecto al/a residente.
ARTÍCULO 39. Tanto el resto de los/as residentes, como los/as trabajadores/as del Centro,
merecen respeto y consideración, cuando se dirija a ellos/as el/la usuario/a lo hará con
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BOP-2021-4300
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
N.º 0181
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