Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-4215)
BOP-2021-4215 Convocatoria de Subvenciones en Régimen de Concurrencia Competitiva para Realizar Proyectos de Coeducación, destinado a Asociaciones y Federaciones de madres y padres de alumnado. 2021.
33 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Vocales: Jefa del Órgano Gestor, o empleado/a público/a en quien delegue; el/la
Director/a del Área de Economía y Hacienda o empleado/a público/a en quien delegue;
dos empleados/as públicos/as de carácter técnico; un/a Diputado/a de cada grupo
político de la Corporación.
Secretario/a: un/a empleado/a público/a del Órgano Gestor, con voz pero sin voto.
El Órgano Gestor a la vista del expediente y del acta emitida por la Comisión de Valoración,
formulará propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificarse a
los/as solicitantes mediante la sede electrónica, y se concederá un plazo de diez días hábiles
para presentar alegaciones.
Se podrá prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en
cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las entidades
interesadas. En este caso la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva
(art. 24.4 LGS).
Examinadas las alegaciones aducidas por las entidades interesadas, en su caso, se formulará
la propuesta de Acuerdo o Resolución definitiva, que deberá expresar la relación de solicitantes
para quienes se propone la concesión de subvención, y su cuantía, especificando su
evaluación y los criterios de valoración aplicados.
El Órgano competente podrá dejar desierto el proceso de concurrencia o no agotar el importe
total previsto o el crédito disponible de la correspondiente aplicación presupuestaria.
REFORMULACIÓN.
NO se admitirá reformulación de la solicitud.
RESOLUCIÓN.
El Órgano competente para la resolución de la Convocatoria es el Ilmo. Sr. Presidente de la
Diputación Provincial de Cáceres, sin perjuicio de lo que dispongan las delegaciones
competenciales vigentes.
El plazo máximo para resolver y notificar la Resolución final del procedimiento no podrá
exceder de seis meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria,
transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada por
silencio administrativo.
CVE:
BOP-2021-4215
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de septiembre de 2021
N.º 0176
Pág. 18713
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Vocales: Jefa del Órgano Gestor, o empleado/a público/a en quien delegue; el/la
Director/a del Área de Economía y Hacienda o empleado/a público/a en quien delegue;
dos empleados/as públicos/as de carácter técnico; un/a Diputado/a de cada grupo
político de la Corporación.
Secretario/a: un/a empleado/a público/a del Órgano Gestor, con voz pero sin voto.
El Órgano Gestor a la vista del expediente y del acta emitida por la Comisión de Valoración,
formulará propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificarse a
los/as solicitantes mediante la sede electrónica, y se concederá un plazo de diez días hábiles
para presentar alegaciones.
Se podrá prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en
cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las entidades
interesadas. En este caso la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva
(art. 24.4 LGS).
Examinadas las alegaciones aducidas por las entidades interesadas, en su caso, se formulará
la propuesta de Acuerdo o Resolución definitiva, que deberá expresar la relación de solicitantes
para quienes se propone la concesión de subvención, y su cuantía, especificando su
evaluación y los criterios de valoración aplicados.
El Órgano competente podrá dejar desierto el proceso de concurrencia o no agotar el importe
total previsto o el crédito disponible de la correspondiente aplicación presupuestaria.
REFORMULACIÓN.
NO se admitirá reformulación de la solicitud.
RESOLUCIÓN.
El Órgano competente para la resolución de la Convocatoria es el Ilmo. Sr. Presidente de la
Diputación Provincial de Cáceres, sin perjuicio de lo que dispongan las delegaciones
competenciales vigentes.
El plazo máximo para resolver y notificar la Resolución final del procedimiento no podrá
exceder de seis meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria,
transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada por
silencio administrativo.
CVE:
BOP-2021-4215
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de septiembre de 2021
N.º 0176
Pág. 18713