Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-4215)
BOP-2021-4215 Convocatoria de Subvenciones en Régimen de Concurrencia Competitiva para Realizar Proyectos de Coeducación, destinado a Asociaciones y Federaciones de madres y padres de alumnado. 2021.
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La Resolución o Acuerdo contendrá las entidades solicitantes a las que se concede la
subvención y la desestimación expresa de las restantes solicitudes, con indicación de la
puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos en
la misma.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso
de reposición) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, en
la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
Todas las comunicaciones y notificaciones, correspondientes a los actos administrativos que se
dicten durante la tramitación del procedimiento (resolución provisional de concesión, resolución
definitiva, etc), registradas a través de la sede electrónica de la Diputación de Cáceres, se
incorporarán a los expedientes y estarán disponibles a lo largo de toda la tramitación telemática
en dicha sede. Se pondrá a disposición de las entidades solicitantes un sistema
complementario de alertas por medio de correo electrónico.
La publicación de las Resoluciones provisionales y definitivas, así como de las Resoluciones de
concesión y sus posibles modificaciones ulteriores y de los demás actos del procedimiento, en
la sede electrónica de la Diputación de Cáceres surtirá todos los efectos de la notificación
practicada según lo dispuesto en el artículo 43.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común, en relación con los procedimientos de concurrencia
competitiva.
En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación,
tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho
procedimiento se realizarán bajo la modalidad de notificación por comparecencia electrónica,
según lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos.
BASE NOVENA. GASTOS SUBVENCIONABLES. PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGA.
GASTOS SUBVENCIONABLES.
Las actividades objeto de la presente convocatoria de ayudas están relacionados en la BASE
CVE:
BOP-2021-4215
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de septiembre de 2021
N.º 0176
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