Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2021-4169)
BOP-2021-4169 Aprobación definitiva de la Ordenanza de seguridad y convivencia ciudadana.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
licencias o autorizaciones, la adopción de las medidas preventivas, correctoras o reparadoras
necesarias; ordenar cuantas inspecciones estimen conveniente y aplicar el procedimiento
sancionador en caso de incumplimiento de la legislación vigente y/o de esta Ordenanza.
Artículo 7. Actuaciones administrativas.
Las actuaciones derivadas de la aplicación de la Ordenanza se ajustarán a las siguientes
disposiciones sobre el procedimiento, impugnación y, en general, régimen jurídico y
sancionador que sean de aplicación.
CAPÍTULO II.- PRINCIPIOS GENERALES DE CONVIVENCIA CIUDADANA Y CIVISMO:
DERECHOS, OBLIGACIONES CIUDADANAS Y AUTORIZACIÓN MUNICIPAL.
Artículo 8. Normas Generales de Convivencia Ciudadana y Civismo.
Sin perjuicio de otros deberes que se puedan derivar de esta u otras ordenanzas
municipales y del resto del ordenamiento jurídico aplicable, todas las personas que
están en el Municipio de HERRERUELA, sea cual sea el título o las circunstancias en
que lo hagan o la situación jurídica administrativa en que se encuentren, deben
respetar las normas de conducta previstas en la presente Ordenanza, como
presupuesto básico de convivencia en el espacio público.
Nadie puede, con su comportamiento, menoscabar los derechos de las demás
personas ni atentar contra su dignidad o su libertad de acción. Todas las personas se
abstendrán particularmente de realizar prácticas abusivas, arbitrarias o discriminatorias
o que conlleven violencia física o coacción moral o psicológica o de otro tipo.
Es un deber básico de convivencia ciudadana tratar con respeto, atención,
consideración y solidaridad especiales a aquellas personas que, por sus circunstancias
personales, sociales o de cualquier otra índole, más lo necesiten.
Todas las personas tienen la obligación de utilizar correctamente los espacios públicos
del municipio y los servicios, las instalaciones y el mobiliario urbano y demás
elementos en ellos, de acuerdo con su propia naturaleza, destino y finalidad, y
respetando en todo caso el derecho que también tiene los/as demás a usarlos y a
disfrutar de ellos.
Todos los/as propietarios/as u ocupantes de inmuebles, edificios, construcciones,
instalaciones, vehículos u otros bienes de titularidad privada están obligados/as a
evitar que, desde estos puedan producirse conductas o actividades que causen
molestias innecesarias a las demás personas.
Todas las personas que se encuentren en el municipio de HERRERUELA tienen el
deber de colaborar con las autoridades municipales o sus agentes en la erradicación
CVE:
BOP-2021-4169
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de septiembre de 2021
N.º 0172
Pág. 18524