Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villa del Rey. (BOP-2021-4136)
BOP-2021-4136 Convenio de Adhesión al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales "Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres-MÁSMEDIO" de la Entidad Local de Villa del Rey.
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Artículo 15. El/la Gerente del consorcio.
Corresponde al Presidente, oído el Consejo de Administración, designar al/la Director/a
Gerente del consorcio, quien deberá poseer titulación y conocimientos acordes con el cargo, y
llevará a cabo labores de coordinación y dinamización.
El puesto de Gerente del consorcio, será provisto indistintamente mediante adscripción entre
funcionarios/as públicos/as o mediante contratación laboral.
1. El/la Gerente del consorcio tendrá, además de las funciones que como personal directivo le
corresponden conforme al Reglamento Orgánico de la Diputación de Cáceres, las siguientes
funciones:
a) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos que le hayan sido confiados a su ejecución por
los órganos de gobierno del consorcio.
b) Asistir a las reuniones de los órganos colegiados del consorcio, con voz pero sin voto.
c) Elaborar una memoria de gestión anual del consorcio, que someterá a estudio y
aprobación de la Junta General dentro del primer semestre de cada año.
d) Organizar y controlar los servicios técnicos y administrativos. Coordinar el desarrollo
de las tareas de gestión y ejecución de las actividades del consorcio.
e) Dirigir e inspeccionar los servicios y actividades del consorcio, decidiendo cuanto sea
preciso para el más eficaz cumplimiento de las funciones asignadas.
f) Las demás funciones de gestión que le sean encomendadas o delegadas por los
órganos de gobierno del consorcio.
Artículo 16. Ejercicio de funciones públicas necesarias.
La responsabilidad administrativa del ejercicio de funciones públicas necesarias de fe pública y
asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económico-
financiera y presupuestaria, así como las de contabilidad y tesorería, se ejercerán por
funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional de cualquiera de
las entidades consorciadas.
Sin perjuicio de ello, dichos/as funcionarios/as podrán delegar las funciones reservadas
anteriores en otros/as funcionarios/as públicos/as debidamente capacitados/as, en orden a
alcanzar la mejor eficiencia y agilidad en los procedimientos que se sustancien.
CVE:
BOP-2021-4136
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de septiembre de 2021
N.º 0171
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