Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad del Tamuja. (BOP-2021-4122)
BOP-2021-4122 Reglamento de Servicios.
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MANCOMUNIDAD DE TAMUJA
Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable
Página 6
a terceros, sea gratuitamente o mediante precio. Dicha prohibición de suministrar agua a
terceros no será aplicable en los supuestos que se suministrasen caudales para la extinción
de incendios.
9.- Igualmente deberá, en interés general y en el suyo propio, poner en conocimiento de la
entidad suministradora cualquier avería o perturbación producida o que, a su juicio, se
pudiera producir en la red general de distribución de agua.
10.- Comunicar a la entidad suministradora cualquier modificación en la instalación interior,
en especial nuevos puntos o elementos de consumo que resulten significativos por su
volumen.
11.- Respetar los precintos colocados por la entidad suministradora o por los Organismos
competentes de la Administración.
CVE:
BOP-2021-4122
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 6 de septiembre de 2021
N.º 0170
Pág. 18343
Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable
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a terceros, sea gratuitamente o mediante precio. Dicha prohibición de suministrar agua a
terceros no será aplicable en los supuestos que se suministrasen caudales para la extinción
de incendios.
9.- Igualmente deberá, en interés general y en el suyo propio, poner en conocimiento de la
entidad suministradora cualquier avería o perturbación producida o que, a su juicio, se
pudiera producir en la red general de distribución de agua.
10.- Comunicar a la entidad suministradora cualquier modificación en la instalación interior,
en especial nuevos puntos o elementos de consumo que resulten significativos por su
volumen.
11.- Respetar los precintos colocados por la entidad suministradora o por los Organismos
competentes de la Administración.
CVE:
BOP-2021-4122
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Lunes, 6 de septiembre de 2021
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