Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor. (BOP-2021-4106)
BOP-2021-4106 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento para personas con discapacidad por movilidad reducida y derogación de la anterior Ordenanza.
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seguirá el proceso previsto en el Artículo 9. En todo caso, para renovar la
tarjeta de estacionamiento es imprescindible que el titular mantenga los
requisitos exigidos para su otorgamiento
2. En los casos en los que tenga carácter definitivo el certificado emitido por el CADEX
(certificado de movilidad reducida, o el certificado de que muestre en el mejor ojo
una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido
a 10 grados o menos, así como que no se encuentre, por razones de salud u otras
causas, imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera del hogar), el
procedimiento administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición
de la parte interesada sin necesidad de exigir un nuevo certificado, salvo en los casos
en los que el Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor, motivada y expresamente, lo
solicite.
3. En el caso de que el certificado emitido por el CADEX sea provisional, el
procedimiento administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición
de la parte interesada siendo necesario la presentación de un nuevo certificado
emitido por el CADEX.
4. En el caso de la tarjeta de estacionamiento provisional, el
procedimiento administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a
petición de la parte interesada siendo necesario la presentación de un nuevo
certificado emitido por el personal médico facultativo de los servicios públicos de
salud.
5. Mientras dure el procedimiento de renovación, se prorrogará la validez de la tarjeta
en trámite, siempre que la solicitud de renovación se haya realizado dentro del plazo
establecido.
El Ayuntamiento emitirá documento que certifique que la tarjeta se encuentra en
proceso de renovación, el cual deberá ser expuesto en el parabrisas delantero del
vehículo junto a la tarjeta de estacionamiento caducada. (ANEXO IV)
6. La expedición de la tarjeta de estacionamiento renovada requerirá la
previa devolución de la tarjeta caducada.
ARTÍCULO 12. EXPEDICIÓN DE DUPLICADOS.
1. La solicitud de duplicado se realizará mediante el impreso normalizado (ANEXO I,
II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del
Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor o por cualquiera de los medios previstos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
2. Si la solicitud de duplicado responde al extravío, robo o cualquier otra circunstancia
que haya producido la pérdida de la tarjeta de estacionamiento, efectuará en
la solicitud una declaración expresa de esta circunstancia y si procede aportará
copia de la denuncia presentada ante la autoridad competente.
3. En el supuesto de recuperar la tarjeta de estacionamiento desaparecida, la persona
titular de la misma debe proceder a la devolución del duplicado expedido.
4. El Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor comunicará al Registro de Tarjetas
de Estacionamiento de la Comunidad Autónoma de Extremadura tanto la expedición
CVE:
BOP-2021-4106
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de septiembre de 2021
N.º 0169
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seguirá el proceso previsto en el Artículo 9. En todo caso, para renovar la
tarjeta de estacionamiento es imprescindible que el titular mantenga los
requisitos exigidos para su otorgamiento
2. En los casos en los que tenga carácter definitivo el certificado emitido por el CADEX
(certificado de movilidad reducida, o el certificado de que muestre en el mejor ojo
una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido
a 10 grados o menos, así como que no se encuentre, por razones de salud u otras
causas, imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera del hogar), el
procedimiento administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición
de la parte interesada sin necesidad de exigir un nuevo certificado, salvo en los casos
en los que el Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor, motivada y expresamente, lo
solicite.
3. En el caso de que el certificado emitido por el CADEX sea provisional, el
procedimiento administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición
de la parte interesada siendo necesario la presentación de un nuevo certificado
emitido por el CADEX.
4. En el caso de la tarjeta de estacionamiento provisional, el
procedimiento administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a
petición de la parte interesada siendo necesario la presentación de un nuevo
certificado emitido por el personal médico facultativo de los servicios públicos de
salud.
5. Mientras dure el procedimiento de renovación, se prorrogará la validez de la tarjeta
en trámite, siempre que la solicitud de renovación se haya realizado dentro del plazo
establecido.
El Ayuntamiento emitirá documento que certifique que la tarjeta se encuentra en
proceso de renovación, el cual deberá ser expuesto en el parabrisas delantero del
vehículo junto a la tarjeta de estacionamiento caducada. (ANEXO IV)
6. La expedición de la tarjeta de estacionamiento renovada requerirá la
previa devolución de la tarjeta caducada.
ARTÍCULO 12. EXPEDICIÓN DE DUPLICADOS.
1. La solicitud de duplicado se realizará mediante el impreso normalizado (ANEXO I,
II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del
Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor o por cualquiera de los medios previstos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
2. Si la solicitud de duplicado responde al extravío, robo o cualquier otra circunstancia
que haya producido la pérdida de la tarjeta de estacionamiento, efectuará en
la solicitud una declaración expresa de esta circunstancia y si procede aportará
copia de la denuncia presentada ante la autoridad competente.
3. En el supuesto de recuperar la tarjeta de estacionamiento desaparecida, la persona
titular de la misma debe proceder a la devolución del duplicado expedido.
4. El Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor comunicará al Registro de Tarjetas
de Estacionamiento de la Comunidad Autónoma de Extremadura tanto la expedición
CVE:
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Verificable
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