Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3647)
BOP-2021-3647 Acuerdo de Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres por el que se aprueba el Reglamento de Gestión de las bolsas de trabajo temporal de la Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos.
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b) La realización de pruebas específicas.- Previa convocatoria pública y justificación de necesidad en
las Categorías y Especialidades cuyas necesidades de personal interino o temporal no puedan ser
cubiertas por las Bolsas de trabajo constituidas conforme lo establecido en el apartado anterior, o no
existan estas últimas bolsas.
Estas convocatorias se realizarán mediante concurso-oposición y excepcionalmente mediante
oposición.
En las convocatorias de pruebas específicas que se realicen para la constitución de Bolsas de
Trabajo, los aspirantes deberán reunir las condiciones generales exigibles para participar en las
pruebas de acceso a las correspondientes plazas de funcionarios de carrera o de laboral fijo de las
correspondientes Categorías y Especialidades, así como los requisitos que figuren en la Relación de
puestos de trabajo, en su caso.
Los integrantes de las Bolsas de Trabajo a que se refiere el apartado 1.a) del presente artículo,
tendrán prioridad sobre los que constituyan las Bolsas de Trabajo que se formen mediante
convocatoria pública específica.
c). Oferta a través del SEXPE. A falta de Bolsas de Trabajo en vigor, excepcionalmente, para
supuestos de necesidad y urgencia, y de manera transitoria, el personal temporal necesario será
seleccionado a través de oferta de empleo al SEXPE, debiéndose reunir los requisitos de titulación y
las demás condiciones exigidas para participar en las pruebas de acceso para las categorías, escalas
y especialidades correspondientes. En todo caso, estos procesos se realizarán mediante convocatoria
pública.
d).- Utilización de bolsas de la Junta de Extremadura.- Excepcionalmente podrá solicitarse
personal a través de las bolsas de empleo que tengan constituidas la Junta de Extremadura, para
nombramientos específicos en el Area de Cultura (Personal docente de Musica, Bellas Artes, Danza y
similares).
2. Cuando la denominación y funciones de algún cuerpo, escala o subescala de funcionarios coincida
con la de alguna categoría o especialidad profesional de personal laboral, se podrá utilizar la Bolsa de
Trabajo de nombramientos de funcionarios interinos para contratar personal laboral temporal y
viceversa, siempre que:
a) La correspondiente Bolsa de trabajo se haya agotado.
b) No exista Bolsa de Trabajo.
c) Así se haya establecido expresamente y no contradiga lo dispuesto en la Ley de la Función Pública
de Extremadura.
CVE:
BOP-2021-3647
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de julio de 2021
N.º 0142
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