Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3647)
BOP-2021-3647 Acuerdo de Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres por el que se aprueba el Reglamento de Gestión de las bolsas de trabajo temporal de la Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos.
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REGLAMENTO POR EL QUE REGULA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO EN LA
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente Reglamento tiene por objeto la regulación del funcionamiento de las Bolsas de Trabajo
que se constituyan para la cobertura de las necesidades de contrataciones temporales o
nombramientos de funcionarios interinos en la Diputación de Cáceres y sus Organismos Autónomos.
2. Podrá resultar, también, de aplicación para la gestión de las bolsas de trabajo que se constituyan
con carácter específico, para los Consorcios de los que forme parte la Diputación Provincial de
Cáceres, previo acuerdo favorable de los órganos competentes.
3. Las Bolsas de Trabajo que se constituyan en el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria (OARGT) ajustarán su funcionamiento a lo previsto en el presente Reglamento, si bien
tendrán carácter independiente de las aprobadas para la Diputación.
Sólo en el caso de que no exista Bolsa de Trabajo de esa misma categoría en alguna de las Entidades
referidas, se podrá utilizar la Bolsa de Trabajo formada en procesos de la otra Institución.
Artículo 2.-Creación de las bolsas de trabajo.
1. Las Bolsas de Trabajo se crearán como consecuencia de:
a) Realización de las pruebas selectivas.- Se constituirán nuevas bolsas de trabajo en todos aquellos
procesos de selección para el acceso a la condición de funcionario de carrera o de personal laboral
fijo de la Administración de la Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos, salvo
en los procesos de consolidación y estabilización.
Se constituirá una Bolsa de Trabajo con los aspirantes que sin haber superado las correspondientes
pruebas selectivas y obtenido plaza, hayan aprobado al menos el primer ejercicio.
Excepcionalmente, en caso de urgencia, se podrán constituir bolsas de trabajo transitorias con
los aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio de la convocatoria pública en el marco del
proceso selectivo en curso, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.
Las Bolsas de Trabajo constituidas al amparo del párrafo anterior tendrán carácter provisional y
serán sustituidas por las nuevas bolsas de trabajo que se constituyan una vez finalizado el proceso
selectivo en curso. Los nombramientos o contratos realizados de esta bolsa serán temporales,
finalizando cuando se constituya la bolsa de trabajo definitiva.
CVE:
BOP-2021-3647
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de julio de 2021
N.º 0142
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