Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3647)
BOP-2021-3647 Acuerdo de Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres por el que se aprueba el Reglamento de Gestión de las bolsas de trabajo temporal de la Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El pase a la situación de "disponible" se producirá el tercer día hábil siguiente a la fecha de registro de
entrada en la Diputación de Cáceres de la solicitud con la documentación o de la subsanación de la
solicitud si no viniera acompañada de dicha documentación.
Trascurrido un mes desde que desapareció el motivo que dio lugar a su pase a la situación de
"suspenso/justificado", sin que el interesado/a solicite su pase a disponible, éste/a quedará en
situación de "excluido".
3. Causas de exclusión definitiva (situación "excluida/o").
Serán causas de exclusión definitiva de la bolsa de trabajo, las siguientes:
a) Simular o falsear cualquiera de las causas que justifican el rechazo de ofertas de trabajo.
b) No cumplir con los requisitos de justificación establecidas en el presente Reglamento.
c) Haber sufrido la separación o despido del servicio mediante expediente disciplinario, así como
haber sido inhabilitado judicialmente.
d) Toda renuncia voluntaria o ruptura de la relación laboral temporal o funcionarial interina con la
Diputación Provincial, Organismos Autónomos o Consorcios, en su caso, supondrá la exclusión
definitiva de la bolsa de la que haya sido nombrado.
e) La persona integrante de la Bolsa de Trabajo que no comparezca habiendo aceptado la propuesta.
f) Cualquier otra causa de las establecidas en el presente Reglamento y en el resto de normativa que
resulte aplicable.
Artículo 12.- Comisión de Seguimiento e Interpretación del Reglamento de bolsas de trabajo
a) Composición.
Se creará una Comisión de Seguimiento e Interpretación compuesta por un representante de cada
una de las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa de Empleados Públicos en función de su
representación, que obstentarán el 50 por ciento de la representación y el/los representantes que
designe la Diputación Provincial de Cáceres, que ostentarán el otro 50 por ciento de la representación.
Un representante de la Diputación ejercerá el cargo de Presidente/a de la Comisión y se designará un
Secretario/a de entre sus funcionarios/as.
En caso de empate en una votación se volverá a reunir en el plazo máximo de dos días hábiles. De
persistir éste, resolverá la Mesa de Negociación de Empleados Públicos en sesión extraordinaria
urgente.
b) Funciones
1.- Aprobación de bolsas independientes de Diputación y del OARGT.
2.- Aprobación en caso de urgencia para la constitución de bolsas de trabajo transitorias.
3.- Justificación de necesidad para la realización de pruebas específicas para la constitución de
bolsas.
CVE:
BOP-2021-3647
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de julio de 2021
N.º 0142
Pág. 16110
entrada en la Diputación de Cáceres de la solicitud con la documentación o de la subsanación de la
solicitud si no viniera acompañada de dicha documentación.
Trascurrido un mes desde que desapareció el motivo que dio lugar a su pase a la situación de
"suspenso/justificado", sin que el interesado/a solicite su pase a disponible, éste/a quedará en
situación de "excluido".
3. Causas de exclusión definitiva (situación "excluida/o").
Serán causas de exclusión definitiva de la bolsa de trabajo, las siguientes:
a) Simular o falsear cualquiera de las causas que justifican el rechazo de ofertas de trabajo.
b) No cumplir con los requisitos de justificación establecidas en el presente Reglamento.
c) Haber sufrido la separación o despido del servicio mediante expediente disciplinario, así como
haber sido inhabilitado judicialmente.
d) Toda renuncia voluntaria o ruptura de la relación laboral temporal o funcionarial interina con la
Diputación Provincial, Organismos Autónomos o Consorcios, en su caso, supondrá la exclusión
definitiva de la bolsa de la que haya sido nombrado.
e) La persona integrante de la Bolsa de Trabajo que no comparezca habiendo aceptado la propuesta.
f) Cualquier otra causa de las establecidas en el presente Reglamento y en el resto de normativa que
resulte aplicable.
Artículo 12.- Comisión de Seguimiento e Interpretación del Reglamento de bolsas de trabajo
a) Composición.
Se creará una Comisión de Seguimiento e Interpretación compuesta por un representante de cada
una de las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa de Empleados Públicos en función de su
representación, que obstentarán el 50 por ciento de la representación y el/los representantes que
designe la Diputación Provincial de Cáceres, que ostentarán el otro 50 por ciento de la representación.
Un representante de la Diputación ejercerá el cargo de Presidente/a de la Comisión y se designará un
Secretario/a de entre sus funcionarios/as.
En caso de empate en una votación se volverá a reunir en el plazo máximo de dos días hábiles. De
persistir éste, resolverá la Mesa de Negociación de Empleados Públicos en sesión extraordinaria
urgente.
b) Funciones
1.- Aprobación de bolsas independientes de Diputación y del OARGT.
2.- Aprobación en caso de urgencia para la constitución de bolsas de trabajo transitorias.
3.- Justificación de necesidad para la realización de pruebas específicas para la constitución de
bolsas.
CVE:
BOP-2021-3647
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de julio de 2021
N.º 0142
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