Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cerezo. (BOP-2021-3628)
BOP-2021-3628 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora del Velatorio Municipal.
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artículo anterior. En relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria
se estará a lo establecido en los arts. 42 y 43 de la Ley General Tributaria, ley 58/2003, de 17
de diciembre.
ARTÍCULO 4. CUOTA TRIBUTARIA.
La cuota tributaria por el uso de dichas instalaciones queda fijada en 200 €uros por cada uso,
entendiendo por uso la utilización de las instalaciones municipales para el deposito y velatorio
de un cadáver hasta su traslado al cementerio o crematorio. No existen bonificaciones ni
exenciones en dicha tarifa única.
La duración máxima de cada uso será de dos días naturales, no pudiendo superar dicho
período de tiempo en ningún caso.
ARTÍCULO 5. NACIMIENTO DE LA OBLIGACION Y PAGO.
La obligación del pago de la tasa reguladora en esta ordenanza nace desde el momento en
que se solicite y realicen de forma efectiva el uso de las instalaciones.
El pago se efectuará en el momento de solicitar el uso de las mismas. El pago se podrá
efectuar:
En el momento de solicitar el uso de las instalaciones tras haber utilizado las mismas.
La forma de pago será mediante transferencia efectiva en las arcas municipales. La liquidación,
gestión, inspección y recaudación de la tasa se realizará según lo dispuesto en la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria y su normativa de desarrollo.
Las deudas no ingresadas dentro del período voluntario se pasarán al cobro en vía de apremio
con arreglo al Reglamento General de Recaudación.
ARTÍCULO 6. GESTION.
Las empresas funerarias o familiares directos del cadáver a velar, solicitarán de la Alcaldía el
uso de las instalaciones, no pudiendo denegarse el mismo siempre que estén libres.
Las instalaciones se utilizarán exclusivamente a la finalidad de su denominación y el/la
solicitante usuario/a será responsable de los deterioros que se puedan producir en las mismas
durante su utilización.
CVE:
BOP-2021-3628
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de julio de 2021
N.º 0141
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